El Pleno del Senado ha aprobado definitivamente el Proyecto de Ley para reformar el Estatuto de los Trabajadores y la Ley General de la Seguridad Social. De este modo, se elimina el despido automático de un trabajador tras el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente.
Esta votación se ha llevado a cabo este martes 22 de abril de 2025, contando con el voto a favor de todos los grupos. Solamente VOX ha votado en contra de la eliminación del despido automático tras el reconocimiento de una incapacidad permanente a un trabajador.
El trabajador tendrá la última palabra tras conseguir una incapacidad permanente
Con esta reforma, el trabajador podrá elegir entre tres opciones diferentes tras obtener el reconocimiento de una incapacidad permanente:
- Solicitar una adaptación de su puesto de trabajo acorde a su nueva situación.
- Pedir una reubicación dentro de la empresa en otro puesto de empleo vacante y compatible con su nueva situación.
- Optar por poner fin a la relación contractual con la empresa.
Eso sí, la empresa podrá activar el despido automático tras el reconocimiento de una incapacidad permanente cuando la adaptación del puesto de trabajo suponga una carga excesiva.
Desde el Ministerio de Trabajo exponen que «la reforma también establece los criterios que permiten determinar cuándo los ajustes necesarios constituirían un coste excesivo para la empresa valorando, de manera específica, si los gastos de adaptación pueden sufragarse con ayudas o subvenciones públicas de manera parcial o total y, en su caso contrario, si son excesivos en relación con el salario medio, el tamaño y el volumen de negocio de de la empresa».
El trabajador, tras obtener la notificación de reconocimiento de la incapacidad permanente, dispone de un plazo de diez días para decidir si continúa en su puesto de trabajo adaptado, si solicita la reubicación dentro de la empresa o si pone fin a la relación contractual.
Por su parte, la empresa contará con tres meses como máximo para adaptar el puesto de trabajo a las nuevas necesidades del trabajador o para cambiar al empleado a otro puesto dentro de la empresa.
Al respecto, desde el Gobierno de España aclaran que «durante el periodo de espera, la persona trabajadora percibirá el subsidio de Incapacidad Temporal lo que permitirá evitar vacíos de cobertura en la protección».
Beneficio ‘histórico’ para los trabajadores
Además de la aprobación de esta reforma histórica, el Gobierno de España se ha comprometido a aprobar una Ley que permita adaptar el puesto de trabajo de guardias civiles, policías nacionales y militares de las Fuerzas Armadas a los que se les reconozca una incapacidad permanente. Esta Ley debe ser aprobada en un plazo de un año, como máximo.
Seguimos avanzando en derechos.
El Senado aprueba la eliminación del despido por incapacidad permanente. pic.twitter.com/RYTkT45xSU
— Ministerio Trabajo y Economía Social (@empleogob) April 22, 2025
Tal y como hemos comentado anteriormente, la empresa puede alegar «carga excesiva» en determinados casos cuando no pueda adaptar el puesto de trabajo del trabajador al que se le ha reconocido una incapacidad permanente.
En este sentido, la reforma recoge una enmienda impulsada por Podemos. Así, la empresa no podrá alegar «carga excesiva» si el coste de la adaptación no es superior a la indemnización que correspondería pagar al trabajador por su despido o si es equivalente al pago de seis meses de su salario.
Finalmente, desde el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad celebran la aprobación definitiva de la reforma: «El CERMI agradece al Gobierno, a través del ministerio que dirige Yolanda Díaz, y a los grupos políticos, respectivamente, el impulso y el extenso respaldo dados a esta iniciativa, que era un asunto de primera importancia en la agenda política de la discapacidad organizada».