Cuando una persona vive de alquiler, son muchas las dudas que se le plantean. Pues mientras dure el contrato de arrendamiento, esa se considera la vivienda del inquilino, sin embargo, la propiedad nunca la va a tener. Por tanto, en cada duda, se plantea esa duplicidad entre quien tiene la potestad o la obligación para llevar a cabo algo que concierne al inmueble. Pero tranquilos, porque la ley siempre tiene la respuesta.
El alquiler se ha colocado en los últimos años, en la opción más asequible para poder acceder a una vivienda. Con los precios del mercado inmobiliario por las nubes, comprar un inmueble es un propósito imposible para gran parte de la ciudadanía cuyo salario, no da lo suficiente como para poder ahorrar para la entrada y poder afrontar durante los años venideros, el pago de la cuota de una hipoteca.
Por este motivo, pagar el uso de una vivienda mes a mes, es la opción más factible. Y es que el alquiler, no es más que un contrato en la que el propietario de la vivienda, cede el uso de la misma a cambio de una cantidad de dinero. Sin ningún otro tipo de compromiso. Pues cuando este contrato termina, el inmueble vuelve a pasar a manos de su propietario pudiendo este hacer con él lo que quiera.
Sin embargo, en este tipo de contratos hay siempre muchas dudas. Por este motivo, es importante, precisamente, realizar un buen acuerdo por escrito que se ajuste a la ley. De este modo, ni arrendatario ni arrendador, pondrán en peligro los derechos por su condición. Es decir, el inquilino debe conocer cuáles son sus derechos y obligaciones, pero el propietario, debe tener la misma necesidad.
¿Puedo cambiar la cerradura si vivo de alquiler?
Esta es una pregunta muy recurrente entre las personas que viven de alquiler. Y es que a muchos inquilinos, les da tranquilidad tener una cerradura nueva de la que solo ellos tengan llaves. Es lógico pensar, que puede haber casos en los que inquilinos anteriores o incluso los propietarios, cuenten con copias de la llave. Este hecho, crea cierta inseguridad de cara a formar un hogar. Pues esa vivienda es ahora su casa y como tal, ahí se suelen tener todas las pertenencias personales, así como la seguridad de los propios convivientes.
Así que, ¿Puedo cambiar la cerradura si vivo de alquiler? La respuesta es que sí. La normativa vigente establece que el inquilino tiene potestad para cambiar la cerradura. Este hecho se da muchas veces, como hemos comentado anteriormente, por una cuestión de seguridad. De hecho, esta decisión es únicamente del inquilino, pues este no tiene la obligación de consultarlo con el propietario ni de darle copia de las llaves. No obstante, se recomienda siempre tener informado al arrendador, por una cuestión de decoro hacia él. Ya que es importante mantener una buena relación.
Cambio de cerradura por parte del arrendador
Otro caso que puede darse, es que sea el arrendador de la vivienda de alquiler el que quiera cambiar la cerradura. Como en todo, el consenso es importante. Sin embargo en este caso, la potestad la tiene el inquilino. Es decir, el arrendador, aun siendo el propietario de la vivienda, no tiene derecho a cambiar la cerradura mientras esta esté alquilada.
Pero, ¿Por qué si la vivienda es suya? El motivo es que mientras su propiedad esté alquilada, el arrendatario no tiene derecho a acceder a la vivienda sin el permiso del inquilino. Pues si lo hiciera, según el Artículo 202 del Código Penal, este podría denunciarle por allanamiento de morada. Por tanto, la única forma de poder realizar este cambio es con permiso del inquilino o esperando a que deje de estar en alquiler.