Solicitar la tarjeta de aparcamiento para personas con discapacidad es un derecho muy importante para todas las personas que necesiten utilizar su coche. Conducir cualquier vehículo en una ciudad lleva consigo un gran número de problemas, especialmente en materia de aparcamiento. De hecho, estos inconvenientes se acentúan en las personas que padecen algún grado de discapacidad.
De este modo, desde 1998 la Unión Europea da una Recomendación (98/376/CE) a los estados miembros para la regulación de las tarjetas de aparcamiento para personas con alguna discapacidad y personas afectadas por movilidad reducida en los lugares adecuados para ello. Este documento permite estacionar los vehículos en plazas especialmente habilitadas para ello, por lo que es de obligado cumplimiento llevar consigo el certificado de discapacidad que acredite la posibilidad de aparcar en esta zona.
Grado de discapacidad para solicitar una plaza PMR
Tal y como informan las instituciones competentes en la regulación de esta materia, las personas que dispongan de este certificado podrán utilizar la tarjeta en toda España y la Unión Europea. Sin embargo, para poder acceder a ella, se deberán cumplir los requisitos establecidos por los organismos reguladores.
- Grado de discapacidad reconocido oficialmente de al menos el 33% (Certificado de Discapacidad).
- Tener un baremo de movilidad positivo. Esto quiere decir que se tenga reconocida una dificultad a la hora de poder usar el transporte público. Está relacionado con el Certificado de Discapacidad.
Estas condiciones han de ser valoradas y aceptadas por un Tribunal Médico de la autoridad competente, que será el encargado de dictaminar qué grado de discapacidad padece cada paciente , según diferentes factores, para luego emitir un comunicado anunciando la certificación oficial.
- Mostrar, en el mejor ojo, una capacidad visual igual o menor al 10% o un campo visual menor o igual a 10 grados.
- Ser una persona física o jurídica responsable del transporte colectivo de personas discapacitadas.
- Además, desde el año 2016, se establece que son personas con discapacidad aquellas que presenten algún tipo de incapacidad laboral: pensionistas por incapacidad permanente en grado total, absoluto o gran invalidez. Además, las personas que reciban una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio. Estos se regirán por la misma normativa que las personas que tienen una discapacidad del 33% o superior, teniendo que acreditar movilidad reducida o deficiencia visual. Esto se hace también en los centros de valoración.
¿Dónde se puede solicitar la tarjeta PMR?
Para solicitar la tarjeta de aparcamiento, el demandante deberá entregar la documentación en el Ayuntamiento de la ciudad en la que esté empadronado; no obstante, en algunos casos, el trámite se realiza a través de órganos autonómicos. Por ejemplo, en Andalucía es la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales la que regula la tramitación de la tarjeta. Eso sí, este documento es personal e intransferible y es igual de válido si la persona que padece la discapacidad no es la que conduce.
Una vez obtenida la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad, se tendrán una serie de derechos, beneficios y obligaciones que se deberán cumplir. La regulación completa fue publicada en el BOE en diciembre de 2014 y entró en vigor en enero de 2015, aunque aquí te ofrecemos las más destacadas:
- La regulación y expedición de la tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducida es común en todo el territorio, aunque dependerá del lugar donde se solicite, ya que en algunos casos la tramitación la realizan las CCAA y en otros los Ayuntamientos.
- Se regulará mediante ordenanzas municipales las zonas disponibles para aparcamiento en cada ciudad y bajo qué condiciones.
- Con la tarjeta de aparcamiento para personas con discapacidad, podrás aparcar en las zonas señaladas para tal finalidad. Encontrarás aparcamientos de este tipo cerca de organismos oficiales, lugares públicos (colegios, administraciones…) y en lugares privados de alta concentración de personas, como pueden ser los hipermercados.
- Siendo titular de la tarjeta, podrás requerir a tu Ayuntamiento la instalación de una plaza señalada para el aparcamiento de personas con discapacidad cerca de tu domicilio o lugar de trabajo. Esta plaza es para uso de cualquier usuario de la tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducida. En algunos municipios existe la posibilidad de requerir una plaza de aparcamiento personalizada con tu matrícula.
- También podrás estacionar en zonas de carga y descarga, paradas de transporte público, zonas de aparcamiento verdes o azules y de estacionamiento limitado. Podrás aparcar aquí siempre que no se cause perjuicio a otros usuarios o no existan riesgos. De todas formas, consulta las ordenanza pública de tu Ayuntamiento para una mayor información, ya que en cada lugar la regulación puede ser diferente.
- En el caso de que recibas una multa por aparcamiento en un lugar que no esté específicamente señalado podrás recurrirla en la Jefatura de Tráfico alegando tus circunstancias personales y presentando tu Certificado de Discapacidad.
- La tarjeta podrá ser utilizada en cualquier vehículo siempre que el beneficiario de la misma viaje en él. Si la tarjeta se ha solicitado para transporte colectivo de personas con discapacidad, sólo podrá utilizarla el titular de la misma en el vehículo cuya matrícula figure en la tarjeta y siempre que esté prestando servicio de transporte de personas con movilidad reducida.
- La tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducida tiene una vigencia de diez años, salvo casos especiales que se detallan en la legislación.