Ventajas de haber hecho la ‘mili’ para acceder a la pensión de jubilación

Las personas que han prestado servicio militar puede obtener una serie de beneficios en forma de cotización para acceder a una pensión de jubilación

Servicio Militar

Acceder a una pensión de jubilación contributiva es un momento clave en la vida de cualquier persona. Supone dejar a atrás una larga etapa laboral para descansar y vivir otro tipo de vida alejado de la actividad laboral. Si bien, para tener derecho a esta prestación es necesario contar con una serie de requisitos.

Así, la Seguridad Social aclara que «los períodos de servicio militar o prestación social sustitutoria sólo se computan para alcanzar el período de cotización específico en el caso de jubilación anticipada, voluntaria o involuntaria y con el límite máximo de un año. Por este motivo, sólo en el caso de que esta cotización sea necesaria, se abrirá una pantalla solicitando que se cumplimente el período de dicho servicio militar. Si no es necesario, no hay que indicar nada».

Es decir, haber hecho la mili también puede ayudar a acceder a una pensión pública de jubilación. Si bien, haber prestado servicio militar solo computa para recibir a una pensión de jubilación si esa cotización sirve para alcanzar el tiempo de cotización específico que da derecho a acceder jubilación anticipada, voluntaria o involuntaria y con el límite máximo de un año.

¿Cómo obtener el cómputo de la mili para la pensión?

No existe una norma general de aplicación que permita el cómputo del periodo de la mili como cotización para acceder a una pensión de jubilación ordinaria. Sin embargo, haber hecho ‘mili’ si que podría suponer un beneficio en cualquiera de los casos descritos anteriormente.

Pensión de jubilación compatibilidad
Pensión de jubilación

Para sumar ese cómputo de cotización para la pensión de jubilación por haber hecho la ‘mili’, la persona interesa tendrá que acreditar y demostrar que realmente a prestado servicio militar. De esta forma, la Seguridad Social podrá incluirlo como una actividad más de la vida laboral.

En este sentido, deberá obtener el ‘certificado de servicios para el cómputo reciproco de cotizaciones con otros regímenes de Seguridad Social’.

Dicho certificado se puede obtener en la Delegación del Ministerio de Defensa de la provincia que corresponda a la persona solicitante cuando se incorporó al servicio militar. También será conveniente adjuntar las fotocopias compulsadas del DNI y cartilla del servicio militar.

Aplicación de la Seguridad Social

En definitiva, la Seguridad Social podrá sumar al cómputo el tiempo que la persona prestó servicio militar para poder acceder a la jubilación anticipada. No obstante, se aplicarán los mismos coeficientes reductores y penalización por esta modalidad de jubilación.

Además, existen diferentes matices. Primeramente, la Seguridad Social establece una importante diferencia entre la mili y la prestación sustitutoria del servicio social femenino. Solo cuentan para completar requisitos de cotización, en el caso de la mili.

Por otra parte, este recurso solo es posible en caso de que la persona en cuestión realizara la mili durante al menos nueve meses; con independencia del tipo de servicio militar. Así, únicamente podrá servir para sumar un año de cotización.

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