Así deben ser los vados vehiculares y la vegetación con la nueva normativa de accesibilidad

El Boletín Oficial del Estado (BOE) recoge la nueva normativa de accesibilidad para las personas con discapacidad

La nueva normativa de accesibilidad recoge como debe ser la vegetación en los espacios públicos urbanizados

La nueva normativa de accesibilidad recoge como debe ser la vegetación en los espacios públicos urbanizados

En 2022 entro en vigor la nueva normativa en accesibilidad, que se recoge en el Boletín Oficial del Estado (BOE). La ley tiene el objetivo de que las personas con discapacidad no sean discriminadas a la hora de utilizar los espacios públicos urbanizados. 

Para ello, recoge en una norma todos los principios que debe de cumplir los diferentes espacios y entornos públicos para contar con ese principio de accesibilidad.

Aunque fue aprobada a finales de julio y publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 6 de agosto; no ha entrado en vigor hasta el 2 de enero de 2022. Dicha norma se recoge como el documento técnico que desarrolla las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y la utilización de los espacios públicos urbanizados.

El primer objetivo que se marca la nueva norma de accesibilidad es no discriminar para el acceso y la utilización de los espacios públicos urbanizados. Para ello se llevan a cabo una serie de condiciones básicas que derivan en la aplicación de los principios de:

Para ello se debe de tener en consideración las necesidades de las personas con discapacidad. Pero también las vinculadas al uso de productos y servicios de apoyo.

Dichas condiciones básicas mencionadas garantizarán unos espacios públicos urbanizados comprensibles, utilizables y practicables por todas las personas, en condiciones de seguridad y comodidad y de la forma más autónoma y natural posible, en los términos establecidos por este documento técnico. Todo ello con el fin de hacer efectiva la accesibilidad universal y el derecho a la igualdad de oportunidades y de trato.

Vados vehiculares en la nueva normativa de accesibilidad

El Boletín Oficial del Estado que recoge la nueva normativa de accesibilidad recoge en el artículo 13 como deben ser los vados vehiculares. Esta se incluye dentro del capítulo V, denominado elementos de urbanización.

En este sentido, la norma recoge que los vados vehiculares no alterarán las condiciones generales de los itinerarios peatonales accesibles que atraviesen y no coincidirán, en ningún caso, con los vados de uso peatonal.

Vegetación en la nueva normativa de accesibilidad

Por su parte, el artículo 18 de la nueva norma de accesibilidad que recoge el Boletín Oficial del Estado especifica como debe de ser la vegetación. Esta se incluye dentro del capítulo V, denominado elementos de urbanización.

La ley dice que los árboles, arbustos, plantas ornamentales o elementos vegetales no obstaculizarán el ámbito de paso peatonal del itinerario peatonal accesible, ni el campo visual de las personas en relación con las señales de tránsito, indicadores, rótulos, semáforos y otros elementos, permitiendo a su vez el correcto alumbrado público.

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