Actualmente, la gran mayoría de personas utiliza la aplicación Bizum como método de pago. Además, hay que tener en cuenta que esta aplicación se encuentra integrada en las ‘apps’ de las principales entidades bancarias que operan en España.
Bizum es un método de pago instantáneo que se ha consolidado en los últimos años entre los ciudadanos españoles. A través de esta aplicación, los usuarios pueden recibir y mandar dinero de forma instantánea. Todo ello, a través de la vinculación entre un número de teléfono y un número de cuenta.
Multas de Hacienda vinculadas a pagos con Bizum
Hay que tener en cuenta que los movimientos con Bizum se registran de la misma forma que el resto de movimientos bancarios. Por tanto, están sujetos a los mismos límites que cualquier transferencia de dinero.
Además, la Agencia Tributaria cada vez controla más los movimientos que llevan a cabo los ciudadanos a través de una aplicación como Bizum. En este sentido, es conveniente que los ciudadanos conozcan ciertos aspectos respecto a los límites de movimientos que se pueden realizar con Bizum.
A través de su página web, desde Bizum informan que «si la suma anual de tus Bizum no supera los 10.000 euros no hace falta ser declarados de forma expresa a Hacienda, ya que son movimientos habituales del día a día y que no tienen un origen laboral o lucrativo». Se trata del primer apunte que se debe tener en consideración en referencia a los movimientos económicos durante el año.
No obstante, la Agencia Tributaria tiene potestad para valorar algunos movimientos económicos en determinadas circunstancias. Es decir, Hacienda puede requerir de información detallada en determinados movimientos con Bizum.
Sanciona de Hacienda
Si se producen transferencias bancarias con Bizum por 10.000 euros o más, la Agencia Tributaria puede entrar a valorar dicho movimiento. En caso de detectar alguna irregularidad, es posible que se aplique una determinada sanción económica.
Así, la sanción económica de Hacienda puede variar en función de las siguientes circunstancias, pudiendo llegar a ser superior a 120.000 euros:
- Infracción leve.
- Infracción grave.
- Infracción muy grave.
En caso de infracción leve, la multa de Hacienda puede llegar hasta los 3.000 euros o un recargo del 50% de la cantidad que se dejó de ingresar. Si hablamos de una infracción grave, la sanción económica puede superar los 3.000 euros o situarse entre el 50% y el 100% de la cantidad que se dejó de ingresar.
También puede darse el caso de que se produzca una infracción muy grave por parte del ciudadano. Además, puede llegarse a considerarse un delito fiscal si la cantidad económica defraudada supera los 120.000 euros.
En definitiva, si realizas movimientos esporádicos con Bizum entre colegas no debes preocuparte. En este caso, no es preciso declarar dichos movimientos a Hacienda ni temer ninguna sanción. No obstante, la Agencia Tributaria puede ponerse en contacto con el ciudadano en caso de detectar movimientos extraños.
Como conclusión, desde la página web de Bizum manifiestan que «en el caso de que en el último ejercicio hayas usado Bizum como herramienta de pago con tus clientes, debes declarar todos los ingresos por actividad económica a Hacienda, exactamente igual que con cualquier otro método de pago (efectivo, transferencia, tarjeta, etc.)».
Así, el próximo 2 de abril de 2025 comienza la Campaña de la Renta y Patrimonio correspondiente al ejercicio fiscal del año 2024. Los ciudadanos que hayan utilizado Bizum como herramienta de pago con sus clientes, tendrán la obligación de declarar dichos ingresos ante Hacienda.