Las personas con discapacidad o movilidad reducida pueden hacer uso de la tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducida, conocida como PMR, que es un documento personal e intransferible de la persona titular de esta tarjeta.
Para poder solicitar esta tarjeta de aparcamiento la persona debe tener una discapacidad reconocida igual o superior al 33%. Ahora, tras decidir la Comisión Europea la aprobación de la Tarjeta Europea de Discapacidad y Tarjeta Europea de Estacionamiento para personas con discapacidad, esta tarjeta de aparcamiento será una versión mejorada de esta tarjeta garantizará que las personas con discapacidad puedan utilizar plazas de aparcamiento y servicios reservados para ellas en todos los países de la UE.
Usos de la tarjeta de aparcamiento PMR
La Junta de Andalucía señala que la tarjeta de aparcamiento PMR podrá ser utilizada por las personas con discapacidad para dos casos:
- Para el conductor/a en vehículo de su propiedad o en cualquier otro.
- Para el acompañante. El vehículo podrá ser conducido por otro conductor o conductora, siendo indispensable que siempre se desplace en su interior la persona titular de la tarjeta con movilidad reducida. En caso contrario, se establecerán las sanciones previstas por el ordenamiento jurídico.
Además, los expertos aseguran que la tarjeta de aparcamiento de vehículos de transporte colectivo de personas con movilidad reducida sólo podrá utilizarse por su titular en el vehículo autorizado cuyo número de matrícula figure en la tarjeta, y siempre que se estén efectuando los servicios de transporte de personas con movilidad reducida.
La persona titular de la tarjeta que viaje en el vehículo, como conductor/a, o se desplace en el vehículo debe colocar en el salpicadero del coche, de manera visible, el anverso de la tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida o adherirla al parabrisas delantero por el interior, siempre con el documento original.
Debemos de tener que hacer un uso indebido de la tarjeta puede ser sancionable de acuerdo con el ordenamiento jurídico, sin perjuicio de la aplicación de la normativa de tráfico vigente por la Policía Local, como responsable de controlar el uso adecuado de la tarjeta de aparcamiento.
¿Para qué sirve la tarjeta de aparcamiento PMR?
La tarjeta de aparcamiento de vehículos para personas con movilidad reducida posibilita:
- Estacionar en zonas reservadas para personas con movilidad reducida.
- Aparcar el vehículo gratuitamente y sin limitación de tiempo en las áreas verdes, azules y zonas de carga/descarga, siempre que no afecte las limitaciones de circulación y estacionamiento de las áreas peatonales y en función de las Ordenanzas de las Corporaciones Locales.
- Acceder a las plazas de aparcamiento reservadas y habilitadas por los Ayuntamientos para vehículos que transportan a personas con movilidad reducida y que son titulares de tarjeta de aparcamiento.
- Estacionar en las plazas de aparcamiento públicas reservadas para personas con discapacidad, distribuidas en las zonas consideradas de interés, en los núcleos urbanos.
- Aparcar en cualquier lugar de la vía pública, durante el tiempo imprescindible, siempre que no impida la circulación de vehículos o peatones.
La tarjeta de aparcamiento de transporte colectivo para personas con discapacidad y movilidad reducida permite estacionar el vehículo, gratuitamente y durante el tiempo imprescindible, para recoger o dejar personas con discapacidad y movilidad reducida, en las zonas verdes, azules y de carga/descarga y en cualquier lugar de la vía pública, siempre que no impida la circulación de vehículos y peatones.
La tarjeta individual o colectiva, no autoriza estacionar en doble fila, sobre la acera o en paradas reservadas para taxis, motos y otros vehículos especiales (hoteles, organismos oficiales, etc).