A efectos teóricos, la incapacidad permanente absoluta, de acuerdo con las instituciones, se define como «aquella situación que inhabilita por completo al trabajador para toda profesión u oficio». Aunque, tal vez, Arturo, un cocinero al que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) le retiró completamente su pensión, podría definir la sensación de sufrirla en primera persona sin el respaldo de las administraciones.
Arturo ha pasado gran parte de su vida trabajando como cocinero, un oficio que, además de ser su principal vía de ingresos, es su pasión. Sin embargo, la Seguridad Social, le acabó diagnosticando de un trastorno depresivo mayor severo, lo que hizo imposible que continua desempeñando la profesión. De hecho, en 2018, el INSS declaró a este trabajador en situación de incapacidad permanente absoluta. El motivo de la resolución, de acuerdo con la sentencia, fue su «estado depresivo mayor», que pese a no presentar síntomas psicóticos sí le provocaba una limitación psicofuncional significativa, como han informado desde Campmany Abogados, representantes legales de Arturo.
2.300 euros recuperados al INSS
Tres años después de haber sido diagnosticado de su depresión, la administración pública decidió retirar la pensión a Arturo, alegando que, tras revisar su caso, «no tenía ningún tipo de incapacidad». Esta decisión, por su parte, se fundamentaba en el informe del tribunal médico del INSS, donde se cambió el término ‘depresión mayor‘ por «trastorno depresivo persistente«.
Esta modificación de la terminología por parte de la Administración fue crucial para el desarrollo de la batalla legal entre la Seguridad Social y el propio Arturo, a través de sus abogados. Se dedujo, por tanto, que este nuevo término para referirse a la enfermedad del cocinero incitaba a la infravaloración de su enfermedad y, en consecuencia, a la suposición de que había recuperado su capacidad laboral. Pero se trataba de una situación irreal. Ante esta nueva realidad, Arturo optó por presentar una Reclamación Previa, que fue desestimada, por lo que la única salida para hacer justicia era acudir a los tribunales.
El informe del Tribunal Médico del INSS no reflejaba lesiones incapacitantes en el momento actual. O eso defendían los abogados del INSS, aunque el juez no les otorgó la razón. Por ello, atendiendo a la situación del cliente de Campmany Abogados, el magistrado concluyó que las patologías que presentaba Arturo le «inhabilitaban por completo para realizar cualquier tipo de trabajo productivo» y que «no había habido mejoría alguna» durante este tiempo. Finalmente la sentencia condena al INSS a abonar a este cocinero una pensión mensual equivalente al 100% de su base reguladora de 2.384,88€ por incapacidad absoluta, y con atrasos desde mayo de 2021.
Diagnóstico real
«Trastorno psiquiátrico de depresión mayor severa, crónica, agravada con un trastorno de ansiedad recurrente». Ese es el informe médico que presentó la parte defensora de Arturo en el juicio y que, mas tarde, sería corroborada por el equipo médico forense del Juzgado de lo Social N.º 25 de Barcelona. Además, se apreciaban síntomas cognitivos que manifestaban esta patología.
Por tanto, la consecuencia de este cuadro clínico fue una «gran limitación psicofuncional crónica que afectaba a su vida social, familiar y laboral«. Sin embargo, y con estas evidencias encima de la mesa, la representación legal de Arturo estima que «lo más relevante en esta clase de juicio era probar que la salud de este cocinero no había mejorado desde la resolución de incapacidad de 2018». Y así se hizo.