La accesibilidad está ganando cada vez más peso en nuestra sociedad. En España, con la entrada de 2022, se puso en marcha las nuevas normas de accesibilidad, que prestan especial atención a las necesidades de las personas con discapacidad y las necesidades relacionadas con el uso de productos y servicios de ayuda.
Este informe técnico se puede consultar en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Una de los objetivos principales que tiene esta norma es que las personas con discapacidad pueden usar los espacios públicos urbanizados con total normalidad.
El documento técnico desarrolla las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y uso de los espacios públicos urbanizados.
El objetivo de esta ley es garantizar espacios públicos urbanizados. Estos deben ser comprensibles, utilizables y practicables para todas las personas. Todo esto debe cumplirse en condiciones de seguridad y comodidad; siempre de la forma más autónoma y natural posible, según las condiciones establecidas en este documento técnico.
Ubicación de otros elementos en la nueva normativa de accesibilidad
El Boletín Oficial del Estado donde se establece la nueva normativa de accesibilidad recoge en el artículo 32 como deben ser los otros elementos de los espacios públicos urbanizados. Esta se incluye dentro del capítulo VII, denominado mobiliario urbano.
En primer lugar, habla sobre el diseño y ubicación de las máquinas expendedoras, los cajeros automáticos, los teléfonos públicos y otros elementos que requieran manipulación. La norma señala que dichos elementos se van a instalar en las zonas de uso peatonal. Para ello, se cumplirá con lo establecido en los siguientes apartados.
Su ubicación permitirá el acceso desde el itinerario peatonal accesible y su diseño permitirá la aproximación de una persona usuaria de silla de ruedas. Los dispositivos manipulables estarán a una altura comprendida entre 0,80 y 1,20 m.
Por su parte las pantallas, botoneras y sistemas de comunicación interactiva disponibles en los elementos manipulables responderán a los criterios que recoge la propia norma.
Finalmente, los elementos que dispongan de teclado numérico deberá señalizarse de manera táctil la tecla número 5.