El reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente total conlleva la percepción de una pensión del 55% de la base reguladora del trabajador. Cuando la persona beneficiaria tiene 55 años o más y está en paro, puede acceder a un 75% de la base reguladora, conociéndose esta situación como incapacidad permanente total cualificada.
La pensión de incapacidad permanente total puede derivar de accidente de trabajo, accidente no laboral, enfermedad profesional o enfermedad común, al igual que ocurre con el resto de grados de incapacidad permanente.
Trabajos compatibles con la incapacidad permanente total
Por definición, la incapacidad permanente total inhabilita al trabajador para desarrollar su profesión habitual. Sin embargo, la pensión puede ser compatible con otra actividad laboral que no entre en conflicto con el grado de invalidez reconocido por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Una de las ventajas de la incapacidad total es que permite una amplia compatibilidad con otras actividades laborales, aunque deben ser diferentes a su profesión habitual. No existe un listado específico de trabajos compatibles con la incapacidad permanente total, ya que depende de la profesión que venía desempeñando el trabajador antes del hecho causante o cuál es su profesión en base a su formación.
Los expertos de ‘CampmanyAbogados‘ exponen un ejemplo relacionado con la compatibilidad laboral de la incapacidad total en España. Supongamos que un vigilante de seguridad consigue una pensión de incapacidad permanente por lumbalgia crónica, que le impide estar durante muchas horas al día de pie. En este sentido, no podrá ejercer una actividad laboral como vigilante de seguridad u otro trabajo que implique una exigencia física similar.
Sin embargo, la incapacidad permanente total se podrá compatibilizar con el desarrollo de otras actividades. Por ejemplo, como administrativo, ya que no requiere de un esfuerzo físico que afecte a su lumbalgia crónica.
Discapacidad del 33% e incapacidad total
Actualmente, el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente total también implica la concesión de un grado de discapacidad del 33%. Se trata de una medida aprobada y recuperada recientemente por el Gobierno de España.
Los expertos de ‘CampmanyAbogados‘ señalan que «con la publicación de la nueva Ley 3/2023, de 28 de febrero, de empleo, desde el 1 de marzo de 2023, si bien no vuelve a convertirse en un 33% de discapacidad ‘a todos los efectos’ como en la ley inicial de 2013, sí lo hace sobre todo en lo relativo a las ventajas para personas con discapacidad en el mercado laboral. Por tanto, los pensionistas de incapacidad permanente recuperan en 2023 su derecho a trabajar en centros especiales de empleo».
Esta medida supone un beneficio adicional para las personas a las que se les reconozca una pensión de incapacidad permanente total en España, especialmente, en cuanto a la incursión laboral se refiere. Hay que recordar que el 7% de las ofertas de empleo público están reservadas a personas con discapacidad, y en las empresas privadas, a partir de 50 empleados, un 2% de la plantilla deben ser personas con discapacidad. Las personas con una pensión de incapacidad permanente total y las personas con discapacidad encuentran mayores dificultades a la hora de acceder al mercado laboral.