Las personas que siguen buscando trabajo, no tienen derecho a paro ni a un subsidio extraordinario por desempleo, tienen aún la opción de poder conseguir otro tipo de prestación diferente que ofrece el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Así lo explica su web: «Si sigue en paro y no tiene derecho a la prestación contributiva ni al subsidio por desempleo, puede solicitar la renta activa de inserción». Lo que se conoce como RAI.
¿Sabes lo que es la renta activa de inserción? Si quieres solicitarla, deberás solicitar cita previa para presentar la solicitud en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
El SEPE añade que si es persona desempleada de larga duración o persona con discapacidad, previamente, deberá acreditar algo elemental.
Y ese algo es que ante el servicio público de empleo autonómico deberá documentar las acciones de búsqueda activa de empleo (BAE).
Para quien no sepa lo que es la RAI, no es un subsidio: es una ayuda mensual para desempleados que no tengan apenas recursos y sí muchas dificultades regresar al mercado de trabajo.
¿Cuáles son los requisitos para pedir la RAI, en caso de que no tenga paro ni subsidio?
Hay una serie de requisitos a tener en cuenta en este sentido para poder solicitar la renta activa de inserción. Y son los que siguen a continuación, según el SEPE:

- Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo, mantener dicha inscripción durante todo el período de percepción de la prestación y suscribir el compromiso de actividad.
- Ser menor de 65 años.
- No tener ingresos mensuales propios superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional (SMI), excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
- No haber sido beneficiario o beneficiaria de la RAI en los 365 días naturales anteriores a la fecha de solicitud de admisión al programa, salvo en el caso de víctimas de violencia de género.
- Por último, no haber sido beneficiario o beneficiaria de tres derechos al programa de renta activa de inserción anteriores.
Cómo solicitar la renta activa de inserción
Asimismo, es importante resaltar que si tiene cónyuge o hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad, o menores en acogida, únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas en un caso:
Y es que la suma de las rentas de todos los integrantes de su unidad familiar dividida por el número de miembros que la componen, no supera el 75 % del SMI, excluida la parte de las extraordinarias.
Podrás presentar la RAI cuando cumplas todos los requisitos a través de la sede electrónica del SEPE, en la oficina de prestaciones, en cualquier oficina de registro público o por correo.