Desde el próximo mes de noviembre, los trabajadores autónomos tendrán más libertad a la hora de realizar algunos trámites ya que no tendrán que acudir al notario. Una nueva directiva europea ha traído algunas novedades para las personas que trabajan por cuenta propia y es que podrán realizar cierto tipo de trámites a través de Internet.
Estas novedades ya se han recogido en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y se harán efectivas a partir del mes de noviembre para todos los trabajadores autónomos que lo deseen. Pero, ¿Cuáles son esos trámites que podrán realizar los trabajadores por cuenta propia sin acudir al notario?
Una de esas novedades es que los trabajadores autónomos podrán realizar telemáticamente contratos sin necesidad de desplazarse, pero con la misma seguridad que si acudieran a una notaría. Esta medida será efectiva a partir del mes de noviembre de 2023.
Trámites jurídicos que el trabajador autónomo podrá realizar sin presencia del notario
Según recogen, los únicos actos o negocios autorizados que podrán realizar estos trámites son los unilaterales. En otras palabras, los que la presencia física pueda ser sustituida por la vía telemática, según explica el presidente del Consejo General del Notariado, Ángel Martínez.
En la Directiva Europea 2019/1151 se recoge que ‘existen actos jurídicos importantes que a partir de ahora deberán hacerse de forma online’. Y una de las medidas más importantes es que los notarios podrán entregar copias electrónicas autorizadas de los documentos notariales a los autónomos.
Otro de los trámites que se podrán realizar sin estar presencialmente en una notaría será el de construir sociedad limitadas sin necesidad de ir al notario. El fin de esta medida es tener un modelo seguro y ágil y poder emplear el máximo esfuerzo contra el blanqueo de capitales y fraude fiscal.
¿Qué otros trámites jurídicos se pueden realizar de forma telemática?
Pero estos no son los únicos trámites que se pueden realizar de forma telemática. Existen otro tipo de acciones que se pueden hacer de forma electrónica desde hace mucho más tiempo. Vamos a ver algunos de esos trámites:
- Los testamentos en situación de epidemia mientras dure el confinamiento
- La conciliación en los casos en los que el notario de el visto bueno
- Las declaraciones de obras nuevas
- Los testiminios de legitimación de firmas
- Cartas de pago y cancelación de garantías
- Las actas de junta general y de referencia
- Los requerimientos iniciales de las actas y las diligencias
Estas son algunas acciones que se pueden realizar de forma electrónica sin la presencia física de un notario. Aún así, si tienes alguna duda acerca de estos trámites, siempre podrás consultarlo de forma presencial con un notario experto que pueda resolver todas tus dudas y contestar a tus preguntas.