Estos trabajadores pueden acceder a la jubilación con 64 años sin penalización en la pensión

La Seguridad Social permite adelantar la jubilación a los 64 años y sin penalización en la pensión para este colectivo de trabajadores

Jubilación a los 64 años

Jubilación a los 64 años./ Licencia Adobe Stock

La mayoría de ciudadanos aspira a poder acceder a la jubilación lo más pronto posible y, a ser posible, sin penalización en su pensión contributiva. Sin embargo, esta situación no siempre es posible.

Actualmente, la edad de jubilación ordinaria en España es de 65 años para aquellas personas con una cotización igual o superior a 38 años. Así, la edad de jubilación ordinaria es de 66 años y seis meses para las personas con una cotización inferior a 38 años a la Seguridad Social.

Además, a partir del 1 de enero de 2025, la edad de jubilación ordinaria volverá a subir en España. En concreto, se situará en 66 años y ocho meses para las personas con una cotización inferior a 38 años y tres meses. Del mismo modo, será de 65 años para las personas con una cotización igual o superior a 38 años y tres meses.

Jubilación a los 64 años sin penalización en la pensión

Algunas personas en España pueden adelantar su edad de jubilación sin penalización en su pensión contributiva. Se trata de trabajadores que realizan una actividad laboral en un determinado grupo de profesión.

Además, la Seguridad Social también contempla la jubilación anticipada por discapacidad. En este caso, las personas que accedan a esta modalidad de jubilación tampoco tienen penalizaciones en la cuantía de su pensión contributiva.

La normativa de la Seguridad Social establece que «la edad ordinaria de jubilación puede ser rebajada o anticipada en aquellos grupos o actividades profesionales, cuyos trabajos sean de naturaleza excepcionalmente penosa, peligrosa, tóxica o insalubre y acusen elevados índices de morbilidad o mortalidad».

Así, estas son las actividades laborales en las que se permite actualmente la jubilación anticipada por grupo de profesión, según la normativa de la Seguridad Social:

Los trabajadores de Renfe se incluyen dentro del grupo de los trabajadores ferroviarios. Así, los trabajadores de Renfe tienen la posibilidad de acceder a la jubilación a partir de los 64 años de edad, y sin ningún tipo de penalización en su pensión contributiva de jubilación.

Jubilación de trabajadores de Renfe en España

Para acceder a la jubilación y tener derecho a una pensión contributiva de jubilación, los trabajadores de Renfe deberán cumplir los mismos requisitos que el resto de trabajadores.

Es decir, deben acreditar una cotización mínima de 15 años a la Seguridad Social. Además, es necesario que dos de esos años de cotización se hayan completado en los 15 años previos a la jubilación.

Además, tal y como se recoge en la normativa actual, para tener derecho a cobrar el 100% de la base reguladora en la pensión de jubilación, es obligatorio haber cotizado un mínimo de 36 años y seis meses a la Seguridad Social.

Una ventaja que tienen los trabajadores de Renfe es que pueden acceder a la jubilación ordinaria desde los 64 años de edad. Además, la Seguridad Social no contempla la aplicación de coeficientes reductores en la pensión para este tipo de trabajadores al adelantar el momento de su jubilación.

Desde UGT concluyen que «simultáneamente al cese de la actividad laboral del trabajador jubilado, el empresario tiene que sustituirle por un trabajador desempleado inscrito en la oficina de empleo».

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