Un trabajador, cuyo empleo habitual era montador de pladur, ha conseguido el reconocimiento de una incapacidad permanente total gracias a la sentencia de un juzgado de lo Social de Madrid. Desafortunadamente, son muchos los ciudadanos que se ven obligados a acudir a la vía judicial para lograr una incapacidad permanente.
En concreto, este trabajador sufrió un accidente laboral que le generó una serie de limitaciones físicas para desarrollar su empleo habitual como montador de pladur. Debido a ello, inició un proceso de solicitud de incapacidad permanente, aunque el camino no fue nada fácil.
‘Negligencia’ de la mutua sobre la incapacidad permanente
El accidente de trabajo de este trabajador se produjo en el mes de julio de 2019. Así, permaneció de baja laboral por incapacidad temporal hasta el mes de enero de 2020. Durante el periodo de baja, el trabajador se sometió a un tratamiento quirúrgico y varias sesiones de rehabilitación. Posteriormente, el alta médica fue impugnada y se extendió hasta el mes de marzo de 2020
Lo curioso de este caso particular es que la mutua de trabajo nunca presentó la solicitud de incapacidad permanente para el trabajador. Todo ello, a pesar de que se solicitó a la mutua que iniciará dicho trámite y de que desde la mutua aseguraron que llevarían a cabo la correspondiente solicitud ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Al respecto, los abogados profesionales de ‘Iberum Abogados’ entienden que la mutua de trabajo no actuó de manera correcta. Además de no presentar la solicitud de incapacidad permanente, intentaron que el trabajador regresara a su puesto de empleo habitual sin estar totalmente recuperado.
Durante ese periodo, el trabajador tuvo que enfrentarse a una situación muy delicada. No obtuvo la incapacidad permanente y presentaba limitaciones para desarrollar su trabajo habitual.
Así, dos años después, en 2022, el trabajador decidió solicitar la incapacidad permanente de la mano de ‘Iberum Abogados’. Hay que tener en cuenta que no existe un plazo límite para presentar una solicitud de incapacidad permanente en España.
Inicialmente, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) no le reconoció la pensión de incapacidad permanente. Únicamente le concedió una prestación de lesiones permanente no invalidantes, que implica el cobro de una determinada indemnización económica.
En este contexto, desde ‘Iberum Abogados’ argumentan que «el INSS sólo reconoció un baremo mínimo que no tuvo en cuenta las limitaciones reales que el afectado tenía para realizar sus funciones como montador de estructuras de aluminio en altura. No ha sido hasta la vía judicial cuando el juez ha estimado la existencia de una incapacidad permanente total».
Incapacidad permanente total por la vía judicial
Ahora, después de varios años de lucha, este trabajador ha conseguido el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente total. El Juzgado de lo Social de Madrid ha considerado que el trabajador presenta una serie de limitaciones ocasionadas por el accidente laboral, las cuales no le permiten realizar su profesión habitual con normalidad.
Sobre este asunto, los representantes de ‘Iberum Abogados’ celebran que «gracias a esta sentencia y al grado total de incapacidad estimado, hoy en día el trabajador puede complementar la pensión conseguida con su actual trabajo de chófer».
Como conclusión, desde el bufete de abogados manifiestan que no se trata de un caso puntual, sino que responde al funcionamiento habitual de muchas mutuas de trabajo. Así, determinan que «en muchas ocasiones y por diversas formas y medios dilatan o incluso evitan que muchos trabajadores acaben realizando una solicitud de incapacidad permanente pese a que tengan las limitaciones físicas para sustentarlas».