Todos los nuevos autónomos que se den de alta en la Comunidad de Madrid tendrán derecho a pagar una cuota cero de cotización a la Seguridad Social durante el primer año de actividad. Se trata de una ayuda importante para fomentar el empleo en la región.
Desde el 1 de enero de 2023, está en vigor el nuevo sistema de cotización de autónomos. Así, todos los trabajadores por cuenta propia tienen que pagar una cuota mensual a la Seguridad Social en función de sus ingresos netos mensuales.
Si bien, el Gobierno de España establece una cuota de Tarifa Plana para los nuevos autónomos que se den de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Esta cuota es de 80 euros al mes durante el primer año de actividad, prorrogable durante un segundo año en caso de que el primer año de actividad el trabajador registre ingresos inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
Tarifa Cero para autónomos en la Comunidad de Madrid
Diferentes Comunidades Autónomas aplican bonificaciones para los nuevos trabajadores autónomos, que se ejecutan sobre la Tarifa Plana de carácter estatal. Hasta el momento. los nuevos autónomos de alta en el RETA disponían de Tarifa Cero en la Comunidad de Madrid.
Ahora, el Gobierno de la Comunidad de Madrid ha ampliado la cuota de Tarifa Cero a todos los autónomos que hayan elegido alguna mutualidad de previsión social, alternativa al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
Es decir, los nuevos trabajadores autónomos no tendrán que pagar nada de cotización a la Seguridad Social en la Comunidad de Madrid. Dicha cuota se encuentra bonificada por parte del gobierno autonómico. No obstante, el trabajador autónomo puede renunciar cuando desee a la cuota de Tarifa Plana o Tarifa Cero.
Desde la Comunidad de Madrid explican que «se extiende la subvención del 100% de las cotizaciones durante el primer año de actividad a todos los autónomos que inicien su actividad en la región, con independencia del organismo donde realicen sus aportaciones y siempre que cumplan con los requisitos. Aquellos que hayan elegido uno distinto al RETA recibirán, como cuantía máxima, la cuota reducida o bonificada que les hubiera correspondido de haber estado dado de alta en el mismo».
Prórroga de la Tarifa Cero
En determinados casos, esta cuota de Tarifa Cero en la Comunidad de Madrid puede prorrogarse durante otros 12 meses. Estas son algunas de las situaciones que contempla la legislación:
- Autónomos que se acojan a la base mínima estatal.
- Trabajadores por cuenta propia que tengan ingresos inferiores al SMI durante el primer año de actividad.
- Trabajadores autónomos con una discapacidad del 33%.
- Autónomos víctimas de violencia de género o víctimas de terrorismo.
- Mujeres autónomas que cesen en su actividad debido al nacimiento o adopción. Eso sí, siempre que reanuden su actividad en un plazo de dos años desde la fecha efectiva al cese.
Desde el Gobierno de la Comunidad de Madrid recuerdan que «de forma excepcional, los trabajadores por cuenta propia que hayan cotizado doce meses después del 1 de enero de 2024 y que no hayan podido acogerse aún a la Tarifa Cero por usar mutualidades alternativas, dispondrán de tres meses desde la entrada en vigor de esta norma para solicitarla».
✅ La Comunidad de Madrid amplia la #TarifaCero para nuevos autónomos a los que elijan mutualidades distintas a la Seguridad Social.
👉 Se sufragará el 100% de sus cotizaciones el primer año y podrá ampliarse uno más si cumplen los requisitos.
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— Comunidad de Madrid (@ComunidadMadrid) May 29, 2024
Así, la Comunidad de Madrid ha establecido un espacio en su página web para todos los nuevos trabajadores autónomos que deseen solicitar la cuota de Tarifa Cero.