La duración máxima de una baja por incapacidad temporal en España es de 545 días (18 meses). Así, los trabajadores disponen de varias opciones en caso de cumplir un total de 18 meses en una situación de baja médica por incapacidad temporal.
Por norma general, esta es la duración máxima de un periodo de incapacidad temporal en España. Sin embargo, en determinados casos, puede alargarse durante seis meses más. Hablamos de una prórroga que otorga el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) y que solo se consigue en circunstancias excepcionales.
Opciones tras cumplir 18 meses de incapacidad temporal
A continuación, vamos a exponer algunos de los escenarios para los trabajadores tras cumplir 18 meses de baja laboral por incapacidad temporal, a causa de una lesión o enfermedad:
- Reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente por parte del INSS.
- Recibir el alta médica y regresar al puesto de trabajo con normalidad.
- Obtener una prórroga adicional de seis meses en situación de incapacidad temporal. Esta última prórroga de seis meses se conoce como demora de calificación.
Al cumplir 545 días de baja laboral (18 meses), existen una serie de implicaciones para el trabajador y para la empresa. Son aspectos básicos que deben conocer los trabajadores en relación a los procesos de incapacidad temporal.
Durante los primeros 545 días, la empresa sigue cotizando a la Seguridad Social por el trabajador. Sin embargo, al cumplir 18 meses de baja y seguir en situación de incapacidad temporal, el trabajador ya no cotizará.
Normalmente, el Tribunal Médico del INSS convocará al trabajador al cumplir los 18 meses de baja laboral por incapacidad temporal. Así, el trabajador deberá atenerse a lo que determinen los profesionales del Instituto Nacional de la Seguridad Social.
Al respecto, los expertos de ‘CampmanyAbogados’ aclaran que «si ese es tu caso, debes esperar la llamada, pero mientras tanto seguirás percibiendo tu prestación. Esto es debido a que la Seguridad Social suele tardar semanas o meses en notificar al afectado la revisión de la inspección médica. Ten paciencia, y no te extrañes si llevas 19 meses de baja, por ejemplo, y aún no has recibido noticias del INSS».
El pago de la incapacidad temporal a los 18 meses de baja
Uno de los asuntos claves durante el proceso de baja laboral de un trabajador es el cobro de la prestación por incapacidad temporal. En este aspecto, también existen cambios importantes al cumplir 18 meses de baja.
Hasta el cumplimiento de los 545 días de baja, el pago de la prestación por incapacidad temporal lo realiza la empresa como intermediaria. No obstante, este coste recae sobre el Instituto Nacional de la Seguridad Social o la mutua. A partir de los 18 meses de baja, la prestación de incapacidad temporal se abona a través de un pago directo por parte del INSS.
Sobre este asunto de interés, los profesionales de ‘CampmanyAbogados’ indican que «pasado el año y medio de baja laboral el cobro se recibe directamente de la mutua o de la Seguridad Social. En consecuencia, el empresario deja de intervenir en este proceso. Excepto si, por convenio, tiene que ingresar al empleado el complemento de incapacidad temporal (aunque un gran número de convenios colectivos señalan que 18 meses de baja es el tope para cobrarlo)».
En definitiva, estas son las diferentes situaciones que se deben tener en cuenta al cumplir un periodo de 18 meses de baja laboral por incapacidad temporal. Así, son aspectos que afectan al trabajador, la empresa, la mutua o el Instituto Nacional de la Seguridad Social.