Las personas beneficiarias de la prestación del Ingreso Mínimo Vital (IMV) deben cumplir una serie de obligaciones con la Administración. De lo contrario, pueden poner en riesgo el derecho a percibir esta prestación.
Se trata de una prestación económica dirigida a personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad en España. Si bien, esta prestación se puede cobrar como beneficiario individual o como miembro de una unidad de convivencia.
Presentar la Declaración de la Renta en 2024
Todas las personas que hayan sido beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital en 2023, tienen la obligación de presentar la Declaración de la Renta en 2024. Así lo recuerdan desde la Seguridad Social.
Al respecto, señalan que «todos los beneficiarios del IMV que formen parte de la Unidad de Convivencia que lo percibe, y no solo el titular, tienen la obligación de realizar la declaración de la renta del año en que percibieron la prestación».
En este sentido, todos los miembros de la unidad de convivencia tienen la obligación de presentar la Declaración de la Renta en 2024, independientemente de la cuantía de sus ingresos, condición laboral o edad.
Hay que tener en cuenta que el Ingreso Mínimo Vital es una renta exenta en sí misma. Por tanto, la mayoría de beneficiarios de esta prestación no tendrán que incluir el Ingreso Mínimo Vital en la Declaración de la Renta, aunque sí deberán presentarla.
Además, desde la Seguridad Social advierten que «una vez reconocida la prestación, todos los beneficiarios IMV, incluidos aquellos que únicamente sean perceptores del Complemento de Ayuda para la Infancia, están obligados a presentar anualmente la declaración de la Renta. Incluso aunque no lleguen a los ingresos mínimos estipulados por la AEAT para hacerla, la obligación se adquiere con la percepción de la prestación».
Obligaciones de beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital
Las personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital no solamente tienen la obligación de presentar la Declaración de la Renta. También deben cumplir otras obligaciones básicas con la Administración.
🗨️Renta 2023: Preguntas y respuestas para perceptores del IMV
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— Atención a la ciudadanía de @inclusiongob (@incluinfo) May 30, 2024
Así, estas son algunas de las obligaciones más importantes que deben cumplir las personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital en 2024:
- Brindar la documentación e información necesaria a la Seguridad Social para acreditar los requisitos que permitan seguir cobrando el IMV.
- Comunicar cualquier modificación en la unidad de convivencia que pueda suponer la suspensión o extinción de la prestación del Ingreso Mínimo Vital.
- Informar de cualquier cambio de domicilio que afecte en el cobro de la prestación del Ingreso Mínimo Vital.
- Las personas que formen parte de la unidad de convivencia, tienen la obligación de comunicar el fallecimiento del titular del IMV; en caso de que se produzca.
- Notificar cualquier viaje de más de 90 días a un país extranjero. Esta acción se debe llevar a cabo en caso de que corresponda al titular del IMV o a cualquier miembro de la Unidad de Convivencia.
- Participar en las estrategias de inclusión y de empleo promovidas por el Gobierno.
Finalmente, desde la Seguridad Social señalan que «en caso de compatibilizar la prestación del IMV con las rentas del trabajo o la actividad económica cumplir las condiciones establecidas para el acceso y mantenimiento de dicha compatibilidad».
Así, los ciudadanos perceptores del Ingreso Mínimo Vital durante el año 2023, disponen hasta el 1 de julio de 2024 para presentar la Declaración de la Renta, en caso de que aún no la hayan presentado.