El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones sigue en periodo de negociaciones con los sindicatos y la patronal, aunque parece que no se avanza, por el momento, en la aprobación de las medidas correspondientes a la segunda pata de la reforma de pensiones. Hablamos de una serie de medidas que tendrán efectos, principalmente, en la pensión de jubilación a partir de su aprobación.
Entre las nuevas medidas que pueden afectar a la jubilación se encuentra la ampliación del periodo de cálculo para la pensión de jubilación, destope de las bases máximas y la pensión máxima. Además, se podría ampliar la aplicación del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) hasta el año 2050, suponiendo una cotización adicional de 0,6 puntos.
Igualmente, ambas partes estudian la posibilidad de incluir cotizaciones adicionales para las personas con salarios elevados. Un aspecto que también puede tener efectos en las pensiones de jubilación.
Periodo de cálculo de la pensión de jubilación
Desde el Ministerio de la Seguridad Social, encabezado por José Luis Escrivá, proponen ampliar el periodo de cálculo para la cuantía de la pensión de jubilación desde 25 años a 30 años, con la posibilidad de seleccionar los 28 mejores años de cotización. Es decir, descartando los dos peores años de cotización del trabajador antes de la jubilación.
Esta medida es la que más controversia genera entre el Gobierno de España y los agentes sociales, ya que los sindicatos no ven con buenos ojos dicha ampliación del periodo de cálculo para las pensiones.
Ligado a esta medida, también es probable que se apruebe un nuevo sistema de contabilización de las lagunas de cotización en las carreras laborales más irregulares. Esta iniciativa estaría orientada, principalmente, para los trabajadores del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
Destope de base máxima de cotización y pensión máxima
Otra de las medidas que previsiblemente se aprobarán es la aplicación de un aumento progresivo de la base máxima de cotización y la cuantía de pensión máxima de jubilación a percibir por parte de los ciudadanos. Si bien, la base máxima de cotización subiría más de lo que lo haga la cuantía de pensión máxima.
Según recoge la primera propuesta presentada por la Seguridad Social, la base máxima de cotización se actualizaría entre el año 2025 y 2050, con una vinculación directa con el mecanismo de revalorización de pensiones en función del IPC del año anterior. Además de un aumento adicional al año de 1,154 puntos. A partir de 2050 solo subiría en función del IPC.
Por su parte, la pensión máxima de jubilación también se incrementaría con el IPC interanual más un porcentaje. Así, el aumento sería de IPC + 0,115 puntos entre 2025 y 2050; mientras que entre 2051 y 2065 variaría entre el IPC + 0,182 puntos y 1,455 puntos.
Junto con las medidas explicadas previamente, cabe la posibilidad de que la segunda pata de la reforma de pensiones también incorpore una ampliación de la cotización del MEI en un 0,6 hasta el año 2050. Igualmente, se espera un recargo de cotización a la Seguridad Social para los trabajadores con salarios más elevados.