El Seguro Escolar de la Seguridad Social protege a los trabajadores desde 3º de la ESO y hasta los 28 años de edad. Esta protección se realiza frente a accidentes escolares, enfermedad o infortunios familiares. De este modo, se facilita el acceso a prestaciones económicas y/o farmacéuticas, según cada situación.
Debido al inminente inicio del curso escolar 2022-2023, la Seguridad Social resalta alguna de las claves de este curso escolar. Hay que tener claro que la persona beneficiaria es el estudiante, a excepción de indemnizaciones por fallecimiento de accidente o enfermedad, en la que los beneficiarios serán los familiares del estudiante en cuestión.
Por otra parte, desde la Seguridad Social aclaran que las cuantías pueden variar en función de la prestación. «El pago de las prestaciones económicas puede ser pago directo en la entidad financiera que tenga asignada la Dirección Provincial del INSS o por transferencia en la entidad financiera elegida en la solicitud», manifiestan desde la Administración Pública.
Seguro Escolar de la Seguridad Social
El Seguro Escolar de la Seguridad Social es un elemento desconocido para muchas personas. Sin embargo, se trata de Seguro de gran valor, ya que protege a los estudiantes a través de las siguientes prestaciones:
- Accidente Escolar: En este caso, otorga protección mediante asistencia médica y farmacéutica. Igualmente, indemnizaciones económicas por incapacidad y gastos de sepelio (en caso de fallecimiento).
- Infortunio familiar: Prestación económica por fallecimiento del cabeza de familia o ruina familiar.
- Enfermedad: La Seguridad Social, en este ámbito, protege con asistencia farmacéutica, asistencia médica, cirugía general y otro tipo de intervenciones. También cubre los gastos de sepelio en caso de fallecimiento.
Referente a este último punto, en determinadas circunstancias, la Seguridad Social también puede ofrecer cobertura y prestaciones de fisioterapia, radioterapia, quimioterapia, cirugía maxilo-facial y cobaltoterapia.
Requisitos y documentación necesaria
No todas las personas tienen derecho a acceder a este Seguro Escolar de la Seguridad Social. Es por ello, que la Administración Pública establece una serie de requisitos de obligado cumplimiento. Estos son algunos de ellos:
- Tener menos de 28 años.
- Se español o extranjero con residencia legal en España.
- Acreditar un año de Seguro.
- Estar matriculado en los estudios comprendidos para el Seguro Escolar de la Seguridad Social y haber abonado la cuota económica correspondiente.
Estos requisitos están estipulados realmente para tener derecho a las diferentes prestaciones que alberga el Seguro Escolar de la Seguridad Social.
Respecto al requisito de un año de Seguro, la Seguridad Social mariza que «no se exige para las prestaciones derivadas de accidente escolar, infortunio familiar y tocología, ni a los estudiantes que el año anterior hayan cursado 2º de ESO, educación especial o que hayan continuado sus estudios en el extranjero».
Del mismo modo, para solicitar la prestación del Seguro Escolar de la Seguridad Social es conveniente presentar una serie de documentos esenciales. En todos los casos, el DNI o libro de familia del estudiante.
Para los estudiantes no universitarios se exige el certificado correspondiente a su centro de estudios; mientras que para los universitarios se exige el resguardo del impreso de matrícula. Además, la Seguridad Social podría solicitar documentación específica de cada prestación.