Tipos de pensiones no contributivas en España y sus cuantías mínimas

En el sistema de la Seguridad Social de España existen dos tipos de pensiones no contributivas, definidas por invalidez y por jubilación

Tipos de pensiones no contributivas y sus cuantías mínimas

Tipos de pensiones no contributivas en España

Las pensiones son ayudas que sirven para paliar situaciones económicas de colectivos vulnerables debido a la escasez o ausencia de ingresos. Por ello, la pensión no contributiva se define como una prestación económica que perciben en España aquellas personas jubiladas o en situación de invalidez que no han cotizado nunca a la Seguridad Social o no han alcanzado el mínimo de años requeridos para percibir una pensión contributiva, de acuerdo a la normativa vigente, establecida por la Administración Pública.

De esta manera, la finalidad de las pensiones no contributivas reside en garantizar unos ingresos mínimos a estas personas, así como proporcionar asistencia médica y farmacéutica gratuita. Estas ayudas se financian con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, que han de ser acordados por el Gobierno y con el respaldo de los grupos parlamentarios. Por tanto, este tipo de prestación debe hallarse siempre por encima del valor del Índice de Precios de Consumo (IPC) y equilibrar el poder adquisitivo de los colectivos beneficiarios con el encarecimiento de los productos de la cesta de la compra.

Tipos de pensiones no contributivas

En el sistema de la Seguridad Social existen dos tipos de pensiones no contributivas: por invalidez y por jubilación. Cada una de ellas tiene una serie de condiciones y requisitos para ser demandada, que también definen la cuantía a la que puede aspirar cualquier persona que demande cualquiera de estas prestaciones.

La pensión no contributiva por jubilación es la que pueden solicitar personas mayores de 65 años que no han cotizado nunca a la Seguridad Social o bien no han llegado al mínimo de años legalmente exigidos.

La pensión no contributiva por invalidez está destinada a personas de entre 18 y 65 años que cuenten con una discapacidad que sea igual o superior al 65%.

La solicitud de cualquiera de estas pensiones no contributivas se realiza en las oficinas de los Servicios Sociales de las comunidades autónomas, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) o de la Seguridad Social, mientras que de la gestión y el reconocimiento del derecho a percibir este tipo de pensiones se encargan las comunidades autónomas, que tienen transferidas estas competencias. En el caso de Ceuta y Melilla la gestión la lleva directamente el IMSERSO.

Requisitos para solicitar la pensión

Para poder optar a una pensión no contributiva, ya sea de invalidez o de jubilación, los solicitantes deben cumplir un requisito común: no disponer de ingresos suficientes para mantener un mínimo nivel de vida. El umbral de renta o ingresos en está establecido en 5.899,60 euros anuales por persona. Si la unidad económica de convivencia a la que pertenece el solicitante está formada por más miembros (cónyuge u otros familiares) se establecen otros límites.

Cada una de los dos tipos de pensión exigen cumplir una serie de requisitos específicos:

  • Para la pensión no contributiva de jubilación: tener 65 o más años y residir en territorio español al menos durante un periodo de 10 años, de los cuales dos de ellos consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud de la pensión.
  • Para la pensión no contributiva de invalidez: tener 18 años o más y menos de 65; haber residido en territorio español al menos durante cinco años (dos de ellos consecutivos y anteriores a la solicitud), y contar con un grado de discapacidad igual o superior al 65%. El derecho a percibir esta pensión no contributiva de invalidez no impide al solicitante seguir ejerciendo una actividad laboral que sea compatible con su discapacidad.

Además, en referencia a las cantidades que se cobran por estas ayudas, el importe anual de las pensiones no contributivas del sistema de la Seguridad Social de invalidez y jubilación es de 7.250,60 euros. La cuantía anual de las prestaciones familiares de la Seguridad Social, en su modalidad no contributiva, por hijo a cargo con 18 años o más, y un grado de discapacidad mayor del 65 % ha quedado fijada en 5.647,20 euros. Si la discapacidad es mayor o igual al 75 % la cuantía anual es de 8.469,60 euros.

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