En este año 2025 se ha aplicado, desde el 1 de enero, una actualización de las bases mínimas de cotización y la base máxima de cotización a la Seguridad Social. Esta actualización se aplica para los trabajadores que cotizan por el Régimen General de la Seguridad Social.
Del mismo modo, también se han actualizado las cuantías a pagar por la cuota de cotización de trabajadores autónomos, según el tramo de cotización que corresponde a cada trabajador en función de sus ingresos netos reales.
Bases mínimas de cotización en 2025
Los profesionales de ‘CampmanyAbogados’ explican que «la base de cotización es el salario global mensual de un trabajador dado de alta por nómina (en bruto, no lo que percibe neto en el ingreso de su sueldo). Incluidas las horas extra, las pagas extra prorrateadas y las vacaciones retribuidas y no disfrutadas si las hubiera».
En este sentido, la base de cotización es un elemento fundamental para determinar la cuantía a cobrar por una determinada prestación pública de la Seguridad Social, como puede ser la pensión contributiva de jubilación o la pensión contributiva de incapacidad permanente.
Así, en España existen 11 grupos de cotización diferente en función del grupo profesional. Para cada grupo se establece una base de cotización mínima y una base de cotización máxima, en el supuesto de que trabajen a jornada completa.
En concreto, estos son los 11 grupos de cotización existentes en España y que se recogen actualmente en la normativa de la Seguridad Social:
- Ingenieros y Licenciados. Personal de alta dirección no incluido en el artículo 1.3.c) del Estatuto de los Trabajadores
- Ingenieros Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados
- Jefes Administrativos y de Taller
- Ayudantes no Titulados
- Oficiales administrativos
- Subalternos
- Auxiliares Administrativos
- Oficiales de primera y segunda
- Oficiales de tercera y Especialistas
- Peones
- Trabajadores menores de dieciocho años, cualquiera que sea su categoría profesional
La base mínima de cotización varía en función del grupo de cotización. Sin embargo, la base máxima de cotización a la Seguridad Social se aplica del mismo modo para todos los grupos de cotización.
Bases mínimas y base máxima de cotización a la Seguridad Social
A continuación, en la siguiente tabla facilitada por los profesionales de ‘CampmanyAbogados’, se puede observar la base mínima y la base máxima de cotización a la Seguridad Social en 2025 según el grupo de cotización:
Grupo Cotización | BASE MÍNIMA | BASE MÁXIMA |
BASES EN CÓMPUTO MENSUAL | ||
1 | 1.929,00 € / Mes | 4.909,50 € / Mes |
2 | 1.599,60 € / Mes | 4.909,50 € / Mes |
3 | 1.391,70 € / Mes | 4.909,50 € / Mes |
Del 4 al 7 | 1.381,20 € / Mes | 4.909,50 € / Mes |
BASES EN CÓMPUTO DIARIO | ||
Del 8 al 11 | 46,04 € / Día | 163,65 € / Día |
Luego, es necesario tener en cuenta que existen diferentes tipos de cotización. Así, se destina un porcentaje específico del salario del trabajador a cada tipo de cotización diferente.
En concreto, estos son los diferentes tipos de cotización para un trabajador del Régimen General de la Seguridad Social en 2025:
- Cotización por contingencias comunes.
- Cotización por contingencias profesionales.
- Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI).
- Horas extraordinarias comunes.
- Horas extraordinarias de fuerza mayor.
- Desempleo.
- FOGASA.
- Formación profesional.
- Cotización de solidaridad. Esta cotización solamente se aplica sobre los salarios que superan la base máxima de cotización.
Respecto a los trabajadores autónomos, la base mínima y la base máxima de cotización varía en función del tramo de cotización que corresponda a cada trabajador por sus ingresos netos reales.
Para este año 2025, la base mínima de cotización de trabajadores autónomos es de 653,59 euros, para aquellos trabajadores con ingresos mensuales netos iguales o inferiores a 670 euros. Por su parte, la base máxima de cotización también se sitúa en 4.909,50 euros.