La Seguridad Social ofrece a los ciudadanos una prestación económica por cuidado de hijos con discapacidad. El importe a percibir por esta ayuda de la Seguridad Social depende, en gran medida, del grado de discapacidad que tenga reconocido el hijo. También es importante la edad del hijo con discapacidad.
Como mínimo, para cobrar una prestación por cuidado de hijos con discapacidad, el hijo debe tener reconocida una discapacidad igual o superior al 33%. Esta ayuda se puede solicitar en cualquier momento del año, siempre que se cumplan con todos los requisitos.
Ayuda de la Seguridad Social a personas con hijos con discapacidad
Desde la Seguridad Social explican que la prestación por cuidado de hijos con discapacidad se dirige a «madres, padres y personas a cargo de menores con una discapacidad igual o superior al 33% o mayores de edad con una discapacidad igual o superior al 65%».
También pueden solicitar esta ayuda para sí mismas las personas con discapacidad que se encuentren en situación de orfandad o abandono total. En este caso, deberán cumplir con los requisitos de edad y discapacidad indicados.
Tal y como hemos comentado inicialmente, la cuantía de esta ayuda de la Seguridad Social está determinada por la edad y el grado de discapacidad del hijo a cargo. Así, encontramos los diferentes importes:
- Hijos o menores a cargo, menores de 18 años, con una discapacidad igual o superior al 33%: La cuantía en este caso es de 1.000 euros al año (83,33 euros mensuales en 14 pagas).
- Hijos mayores de 18 años y con una discapacidad igual o superior al 65%: En estos casos, el importe de la ayuda es de 5.647,20 euros anuales por hijo (470,60 euros mensuales en 14 pagas).
- Hijos mayores de 18 años y con una discapacidad igual o superior al 75%: El importe en este tipo de situaciones es de 8.469,60 euros anuales por hijo (705,80 euros mensuales).
El pago de esta prestación de la Seguridad Social es mensual en caso de que el hijo con discapacidad sea mayor de 18 años; y semestral en caso de que el hijo con discapacidad sea menor de 18 años. La prestación se hará efectiva a partir del primer día hábil del trimestre siguiente a la fecha de solicitud.
Requisitos para cobrar la prestación por cuidado de hijos con discapacidad
La prestación por cuidado de hijos con discapacidad se revisa de manera anual por parte de la Seguridad Social. Así, la cuantía de la prestación puede variar en caso de que se haya producido algún cambio con respecto a la situación inicial.
Con todo ello, el derecho a cobrar esta prestación de la Seguridad Social finalizará cuando dejen de cumplirse los requisitos que dieron origen a su reconocimiento por parte de la Administración.
Sea como fuere, la persona progenitora podrá percibir esta prestación en caso de cumplir con los siguientes requisitos establecidos por parte de la Seguridad Social:
- Residir legalmente en España.
- Tener hijos menores a cargo con discapacidad igual o superior al 33% o hijos mayores de 18 años de edad con una discapacidad igual o superior al 65%.
- Ninguno de los progenitores deberá recibir prestaciones similares por parte de mutualidades u otros organismos públicos de servicios sociales.
En caso de solicitar la prestación para sí mismo, la persona solicitante deberá residir legalmente en España. Además, deberá ser menor de edad con una discapacidad igual o superior al 33%, o mayor de 18 años con una discapacidad igual o superior al 65%.