A la hora de solicitar un subsidio extraordinario por desempleo, son muchas las preguntas que se nos vienen a la cabeza con esta y otro tipo de ayudas que conviene explicar. Antes que nada, lo mejor es presentar el subsidio extraordinario por desempleo como una prestación que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ofrece a las personas que han agotado su prestación contributiva por desempleo.
El SEPE explica que hay que solicitar cita previa para presentar la solicitud en el citado Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Sin embargo, se matiza que antes hay que probar ante el servicio público de empleo autonómico más cercano la realización de acciones de búsqueda activa de empleo (BAE).
Al subsidio extraordinario por desempleo, regulado en el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (TRLGSS), podrán acceder las personas en desempleo total que:
- Hayan extinguido en último lugar por agotamiento cualquiera de los subsidios por desempleo
- Sean personas paradas de larga duración que hayan agotado prestaciones por desempleo, PREPARA, o RAI y sean demandantes de empleo
¿Cuáles son los principales requisitos que pide el SEPE para solicitar un subsidio extraordinario por desempleo?
Como podrás imaginar, hay una serie de exigencias que el SEPE valora a la hora de poder presentar diferentes tipos de solicitudes del subsidio extraordinario.
A grandes rasgos, más allá de los requisitos específicos que se pueden encontrar en la página web, los requisitos generales son los siguientes:
- Carecer del derecho a la protección por desempleo de nivel contributivo o asistencial
- No tener cumplida la edad que le permita acceder a la pensión de jubilación, en sus modalidades contributiva o no contributiva
- Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores en cómputo mensual al 75 por ciento del salario mínimo interprofesional (SMI)
- Haber cesado de forma involuntaria en el último trabajo realizado en caso de haber trabajado tras el agotamiento del último derecho
- No haber percibido previamente la ayuda económica de acompañamiento establecida en el Programa de Activación para el Empleo (PAE).
- En la fecha de su solicitud, no estar trabajando por cuenta ajena a tiempo parcial o no tener suspendido su contrato de trabajo
- No haber sido beneficiario con anterioridad del subsidio extraordinario por desempleo
¿Cuánto dura el subsidio extraordinario por desempleo?
La duración tope del subsidio extraordinario por desempleo queda bien definida en la web del SEPE: son 180 días y no podrá percibirse en más de una ocasión.
Cabe reseñar en este sentido que la cuantía de la prestación será igual al 80% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM).
El pago periódico de la ayuda se hará directamente a través del SEPE dentro del mes siguiente del devengo por mensualidades de 30 días.