Algunos trabajadores autónomos tienen hasta el próximo 31 de octubre para realizar un trámite específico. En caso de no haberlo realizado a dicha fecha, se exponen a una posible sanción por parte de la Seguridad Social.
Estas sanciones pueden ir desde 50 a 750 euros, según considere la Seguridad Social en relación a la realización del trámite.
Este trámite a realizar antes del 31 de octubre de 2023 está relacionado con la entrada en vigor del nuevo sistema de cotización de autónomos en este año 2023.
TRÁMITE CLAVE DE AUTÓNOMOS
Desde la Seguridad Social recuerdan que «el pasado 1 de enero entró en vigor el nuevo sistema de cotización de autónomos que se desplegará gradualmente. Desde 2023 a 2025 se ha diseñado un sistema de quince tramos que determina las bases de cotización mínimas y máximas, así como las cuotas en función de los rendimientos netos del autónomo, como transición al modelo definitivo de cotizaciones por ingresos reales que se producirá, como muy tarde, en nueve años».

Ahora, los autónomos deben pagar una cuota de cotización mensual en función de sus ingresos reales netos. Así, cada trabajador debe calcular sus rendimientos netos para seleccionar el tramo de cotización que le corresponde.
Este puede ser un trámite que genere ciertas dudas entre los trabajadores por cuenta propia. Así, la Seguridad Social ha elaborado una guía para que los autónomos puedan elegir su base de cotización y calcular sus rendimientos.
Muchos autónomos ya han realizado este trámite correctamente. Sin embargo, aún quedan algunos autónomos que no han modificado su base de cotización en consonancia con sus ingresos netos reales al mes.
Con todo ello, los trabajadores autónomos disponen hasta el 31 de octubre de 2023 para realizar dicho trámite. En caso de no llevarlo a cabo, en 2024 se regularizarán todas las cuotas en base a sus rendimientos. Además, el trabajador por cuenta propia se puede exponer a ciertas consecuencias económicas.
Los trabajadores autónomos que estén pendiente, pueden realizar este trámite a través de la plataforma ‘Import@ss’ en el apartado ‘Modificación de datos de trabajo autónomo’.
REGULARIZACIÓN DE LAS CUOTAS
Todos los trabajadores autónomos tienen la obligación de cotizar por el nuevo sistema, en vigor desde el 1 de enero de 2023. Es decir, en función de sus rendimientos netos mensuales.
Si bien, existen dos excepciones de trabajadores autónomos a los que no se les aplica el nuevo sistema de cotización. Se trata de los miembros de institutos de vida consagrada de la Iglesia Católica y trabajadores por cuenta propia del Régimen Especial de Trabajadores del Mar.
En caso de no regularizar la situación antes del 31 de octubre de 2023, desde la Seguridad Social confirman que «esta regularización se producirá para todos los trabajadores autónomos, con independencia de que se hayan adaptado o no al nuevo sistema de cotización -ajustando su base de cotización al promedio mensual de los rendimientos netos anuales que prevea obtener en el año natural correspondiente- o se hayan dado de alta en 2023″.
Dicha regularización de las cuotas de cotización se llevará a cabo en el año 2024. El objetivo de la Seguridad Social consiste en establecer las bases de cotización definitivas correspondientes al año 2023 de cada trabajador por cuenta propia.
Se llevará a cabo a través de un procedimiento automatizado una vez se conozcan los datos tributarios tras la Campaña de la Renta.
En cualquier caso, desde la Seguridad Social recomiendan regularizar su base de cotización antes del 31 de octubre de 2023. Se trata de un trámite que puede ser desconocido para muchos trabajadores por cuenta propia, debido a la reciente entrada en vigor del nuevo sistema de cotización.