Hacer un testamento válido para saber quiénes serán las personas que podrán disponer de todos los bienes de una persona después de fallecer, debe ser algo que todos debemos realizar tarde o temprano. Si bien es cierto que este trámite, en el que se estipula quiénes son tus herederos legítimos, no es plato de buen gusto para nadie, tener la herencia repartida cuando hemos fallecido va a evitar muchos problemas burocráticos en el notario a tu familia.
El testamento legal de una persona es un documento en el que se establece la jerarquía de repartición de una herencia según los deseos de la persona fallecida. Esta está compuesta por todos los bienes, derechos y obligaciones del difunto.
Si este no existe y no se puede presentar ante notario ningún documento que acredite el orden de los herederos, el Código Civil determina en el artículo 913 que el orden sucesorio según la ley es:
- Línea recta descendiente: Hijos y nietos.
- Línea recta ascendente: Padres.
- Cónyuge.
- Hermanos y/o sobrinos.
Sin embargo, si quieres ahorrarte todo el trámite de ir al notario y realizar las gestiones oportunas para organizar tu herencia antes de morir, lo cierto es que existe una manera práctica de hacerlo. En este caso, estamos hablando del testamento abierto y el testamento ológrafo.
Así puedes tenerlo antes de fallecer sin ir al notario
Si estás pensando en hacer un testamento pero no quieres ir al notario, debes saber que hay formas de hacerlo de forma totalmente legal. Y es que este es un trámite que no solo hará que pierdas mucho dinero, si no que lleva mucho tiempo.
Para que un testamento sea válido sin notario después de fallecer una persona, hay que cumplir con una serie de requisitos que establece la ley:
- Debe estar redactado por una persona mayor de edad.
- El testamento sin notario debe estar escrito a mano y reflejar la voluntad de la persona fallecida de forma clara y concisa.
- Los datos indispensables que deben aparecer, escritos a mano por la persona que cede sus voluntades, son la fecha, la hora y el lugar desde el que se está haciendo.
- Toda la información que se recoja en este testamento sin notario debe estar firmada por el testador, y no debe contener ningún tipo de marca o sello. Esta firma debe ser lo último que aparezca en el documento.
- Es aconsejable que se introduzca en un sobre cerrado.
Así podríamos tener un testamento ológrafo legal antes de fallecer sin necesidad de acudir al notario, siendo totalmente válido para que se establezcan nuestras últimas voluntades tras la muerte.
El testamento abierto
El testamento abierto solo es posible en ocasiones especiales. Este se caracteriza por estar escrito por el testador, y manifestar su última voluntad en presencia de las personas que deben autorizar el acto. Eso sí, este no es válido en caso de epidemia o en caso inminente de muerte del testador.
Además, si la persona que ha escrito el documento falleciera antes del acto, también quedaría ineficaz el testamento si dentro de los tres meses siguientes al fallecimiento no se acude al notario.
Por su parte, el testamento ológrafo es uno de los más comunes en España. Según el artículo 688 del Código Civil, será tras el fallecimiento del testador cuando se requerirá la presencia de un notario. El primer paso es llevarlo ante el notario que corresponda según el último domicilio que haya tenido el testador. Podrá llevarlo cualquier persona en los cinco años siguientes al fallecimiento del testador.