El testamento es la mejor herramienta para dejar establecida tu voluntad, acerca del destino de tu herencia. Este documento es especialmente importante en las personas que quieren evitar conflictos familiares en el futuro, o que quieren proteger a un ser querido en concreto. Cabe recordar, que el Código Civil determina que el testamento es el acto mediante el cual, una persona dispone para después de su muerte de todos sus bienes o de parte de ellos.
Sin embargo, esta práctica es mucho más complejo de lo que parece. El principal motivo es porque aun contando con la opción de realizar un testamento, el testador no tiene total libertad de actuación. Es decir, no cuenta con la libertad absoluta para repartir sus bienes. El motivo es que el ordenamiento jurídico protege a quienes denomina como herederos forzosos, a los cuales les atribuye derechos sucesorios.
Así pues, exista o no testamento, el Código Civil determina que los herederos forzosos son:
- En primer lugar, los descendientes del fallecido. Es decir, hijos, nietos, etc.
- A falta de los anteriores, los ascendentes. Es decir, padres, abuelos, etc.
- En tercer lugar y en ausencia de los anteriores, sería el cónyuge.
- Si no encontraran familiares del fallecido, finalmente sería el Estado quien adquiriera este derecho sucesorio.
El problema es que en muchas ocasiones, las personas llegan a testar con el objetivo de beneficiar a una persona concreta aun por encima de los herederos forzosos. Esto pasa de forma habitual, entre parejas y matrimonios con una vida en común, que lo único que desean es no dejar desprotegido al otro si alguno de ellos falta. En este caso, hay una opción factible. Es lo que se conoce como testamento del ‘uno para el otro’
Testamento del ‘uno para el otro’
Es habitual que las parejas que han pasado toda una vida juntos, decidan que quieren dejarse toda la herencia mutuamente a pesar incluso de que existan hijos. Sin embargo, esto no es en sí del todo posible en todo el territorio español donde rige el Derecho Común. Es decir, aun con testamento, una persona no puede dejar todo lo que tiene a su cónyuge por encima de descendientes y ascendientes.
Pero entonces, ¿No hay una solución alternativa? Lo cierto es que sí la hay: Lo que se conoce coloquialmente como el testamento del ‘uno para el otro’. Se trata de que ambas partes de la pareja realicen cada uno su testamento, en el que indiquen que se legan entre ellos el usufructo universal y vitalicio de todos sus bienes.
Esto significa, que a faltar uno de los miembros, el otro tendrá derecho al uso y disfrute, de todos los bienes. Cabe señalar, que el usufructuario no es propietario de un bien, no obstante, puede utilizarlo y recoger los frutos que pueda generar mientras viva. Eso sí, no podrá transmitir su propiedad, pues esta pertenece a los herederos.
Forma de llevarlo a cabo
Así pues, si una pareja quiere llevar a cabo lo que se conoce coloquialmente como testamento del ‘uno para el otro’, ambos deberán testar en sus respectivos documentos mediante el acto que se conoce como usufructo universal y vitalicio. Esta fórmula permite al cónyuge usar todos los bienes, pero eso sí, con la condición de mantenerlos en buen estado, pues la propiedad, aún cuando el usufructuario esté disfrutando de ellos, pertenece a los herederos forzosos.
Para que no haya problema entre los herederos forzosos por tener que esperar a recibir su herencia a que los dos cónyuges hayan fallecido, lo que suele hacer el testador es mejorar lo que corresponde a los herederos forzosos. Por ejemplo, en el caso de una persona fallecida con mujer e hijos, el uso y disfrute mientras viva de todo será de la mujer, pero a cambio, el testador dejará en el testamento que los hijos reciban la legítima, más el tercio de mejora y de libre disposición.
Por el contrario, también suele especificarse en el documento, que en caso de que algún heredero forzosos se niegue a que el cónyuge reciba este usufructo universal y vitalicio, solo recibirá, llegado el momento, la legítima estricta.