El testamento, es el acto mediante el cual una persona expresa su voluntad sobre el destino que debe tener su herencia tras su fallecimiento, entendiendo por herencia, el conjunto de bienes, derechos y obligaciones titularidad del mismo al momento del fallecimiento y que no se extinguen con esta.
Desde el punto de vista formal, la legislación española permite diferentes tipos de testamentos: testamento abierto notarial, cerrado, ológrafo y testamentos especiales en caso de peligro de muerte del testador o en peligro de epidemia. Todos ellos tienen en común, que aseguran la expresión legítima de la voluntad de quien lo realiza, radicando la diferencia fundamentalmente, en los mecanismos formales.
La práctica notarial pone de manifiesto, que la inmensa mayoría de las personas optan por otorgar un testamento notarial abierto, acudiendo al notario que el testador elige y quedando registrada su voluntad en una escritura pública que se inscribe en el Registro General de Últimas Voluntades. No obstante, el original de este testamento queda en poder del notario.
La ventaja fundamental de este tipo de testamento, es que asegura la legitimidad del documento. La presencia del notario reduce el riesgo de que este sea impugnado o anulado por defectos de forma, o por incumplimiento de la ley, además de asegurar la confidencialidad y la integridad del contenido del mismo. Estos quedan inscritos Registro de Últimas Voluntades del Ministerio de Justicia, de tal forma que cuando fallece una persona, dicho registro emite certificado que informa de la existencia del documento, del lugar y fecha del otorgamiento, y del nombre del notario actuante, lo que facilita su localización.
MOTIVOS PARA REALIZAR UN TESTAMENTO
Los motivos que impulsan a una persona a otorgar un testamento son muchos y muy variados. Sin embargo, hay tres, que según los expertos, destacan sobre los demás. En primer lugar, hay quien lo hace para intentar dejar protegido al cónyuge supérstite. Y es que son muchas las parejas, cuyo deseo es que la parte que sobreviva pueda disfrutar de sus bienes sin problemas. Un segundo motivo muy repetido, es que el testador entienda que debe repartir la herencia de forma diferente a lo que establece el ley a falta de este documento.
Pero sobre todo y sin ningún género de dudas, el motivo más frecuente y que además engloba todos los demás, es el de intentar evitar problemas entre los herederos a la hora de la adjudicación y partición de la su herencia. Y es que de este modo, el testador tiene la opción de meditar, organizar y dejar clara su voluntad de tal forma, que todo quede claro para cuando él ya no esté.
ASÍ CONSEGUIRÁS ESTE OBJETIVO
Para conseguir este último objetivo, es fundamental que el testamento esté bien estudiado y redactado. Para ello, el testador debe acudir a un profesional a quien transmita lo que quiere que ocurra con sus bienes el día que fallezca, para que este le aconseje cómo debe hacerlo y evitar así, los problemas de reparto entre los herederos.
Como regla general, un testamento consigue este objetivo en la medida en que realiza un reparto lo más individualizado posible de los bienes, por tanto, este es el paso más importante. Por el contrario, aquel testamento que dice que le deja todo a los hijos a partes iguales, este problema no lo resuelve. Es igual que si no hubieses realizado este documento.
Como la vida está llena de cambios, tanto en lo personal como en lo patrimonial, a veces es necesario que el testamento sea modificado para adaptarlo a las nuevas circunstancias y que siga cumpliendo su objetivo. Puede que sea para incluir nuevos bienes, eliminar o agregar beneficiarios, o ajustar las disposiciones de tu testamento, de acuerdo con tus necesidades cambiantes. No hay problema, el testador puede hacer tantos testamentos como necesite, siendo siempre el último el que tiene validez.