Testamento del ‘uno para el otro’: La mejor forma de proteger a tu pareja en tu herencia

El testamento del 'uno para el otro' es la mejor forma para proteger a tu pareja

Son muchos los abogados expertos en sucesiones que inciden en un error muy habitual a la hora de acudir para otorgar testamento. Y es que muchos clientes, que son pareja, solicitan realizar un testamento en el que dejar toda la herencia al cónyuge que sobreviva. Es decir, legarle todo al otro. Sin embargo, el primero de los errores es que el Derecho Común español, no permite los testamentos mancomunados, es decir, que cada persona debe realizar este acto de forma individual y personal.

El segundo de los errores, es que el interesado, a pesar de usar esta herramienta para decidir el reparto de su herencia, no cuenta con total libertad para llevar a cabo dicho reparto. Por tanto, no es posible dejar todo el caudal hereditario al cónyuge. ¿El motivo? Que el Código Civil, establece una serie de herederos forzosos a los que pertenece, al menos, la legítima de la herencia, y cuyo orden debe respetarse. Dicho orden es el siguiente:

Testamento del ‘uno para el otro’

Dejar en un testamento toda la herencia a la pareja, es un deseo muy habitual cuando una persona acude a realizar este acto. Y es normal. A pesar de que en muchos casos existen descendientes, la pareja es esa persona que convive día a día, en lo bueno y en lo malo, que en muchos casos, lleva más de media vida junto a ti, o en otros casos, ha llegado en los últimos años cuando la soledad estaba más presente. En cualquier caso, un compañero de vida.

Esta es la mejor forma de proteger al cónyuge en el testamento
Esta es la mejor forma de proteger al cónyuge en el testamento

Es por ello, que se tiene el miedo a si en vida se ha compartido todo, ¿Qué ocurrirá cuando un falte? El temor por dejar desprotegido al otro, ya sea sin vivienda o sin el nivel adquisitivo que comparten, lleva a muchas parejas a querer dejarse en herencia mutuamente, todo lo que tienen. Pero, ¿Cómo se puede arreglar esto si el Derecho Común español no permite esta forma de actuar? Mediante lo que se conoce, coloquialmente, como ‘testamento del uno para el otro’.

Esta fórmula consiste en que ambas partes de la pareja, realicen su propio testamento y en el mismo, establezcan que se legan entre ellos el usufructo universal y vitalicio de todos sus bienes. De este modo, si uno de los miembros falta, el otro tendrá derecho al uso y disfrute, de todos los bienes. Es importante señalar, que el usufructuario no es propietario de un bien. Sí podrá utilizarlo y recoger los frutos que pueda generar, pero no podrá en ningún caso transmitir la propiedad, ya que pertenece a los herederos.

Nociones a tener en cuenta en este acto

Por tanto, el testamento del ‘uno para el otro’, es la opción más factible para dejar protegido al cónyuge. Para ello, ambas partes deberán testar en sus respectivos documentos mediante el acto que se conoce como usufructo universal y vitalicio. Cabe señalar, que aunque la posesión es de quien tiene el usufructo, este tiene la obligación de cuidar los bienes, pues la propiedad, es de los herederos forzosos.

No obstante, la práctica jurídica demuestra que este método no es perfecto. Pues en ocasiones, crea conflictos entre los herederos forzosos por no estar de acuerdo con la medida. En estos casos, una solución muy habitual, es que el testador mejore lo que corresponde a dichos herederos.

Para entenderlo, podemos poner como ejemplo el caso de una persona fallecida con mujer e hijos. El fallecido, realizó el testamento del ‘uno para el otro’, pero para evitar conflictos, en el mismo testamento, dejó establecido que los hijos reciban la legítima, más el tercio de mejora y de libre disposición. De este modo, suele haber más consenso.

No obstante, también existe la posibilidad de incluir en el testamento que, en caso de que algún heredero forzosos se niegue a que el cónyuge reciba este usufructo universal y vitalicio, solo recibirá, llegado el momento, la legítima estricta.

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