En Todo Disca hemos hablado en muchas ocasiones que las personas que tengan determinado grado de discapacidad cuentan con mayores facilidades a la hora de acceder a la jubilación anticipada. Es decir, si una persona tiene cierto grado de discapacidad, podrá acceder a la jubilación anticipada antes y no será necesaria haber cotizado tantos años en su trayectoria laboral.
La normativa que recoge esto, aprobada en mayo de 2023, señalaba dos reales decretos que facilitan el acceso a la jubilación anticipada para las personas con una discapacidad superior al 45% y completan la reforma de los incentivos de la jubilación demorada, iniciada en 2021, para todos los trabajadores.
Años que debe de cotizar una persona con un 45% de grado de discapacidad para acceder a la jubilación anticipada
Si hablamos de los años que debe de cotizar una persona con un grado de discapacidad del 45% para acceder a la jubilación anticipada. En este sentido, la normativa aprobada hace justo un años señalaba que se reducían los años de cotización exigidos de 15 a 5 desde el diagnóstico de la discapacidad. De esta manera, las personas con discapacidad que tengan un grado de discapacidad del 45% y se quieran acoger a la jubilación anticipada solo deberán de haber cotizado 5 años.
Eso sí, si hablamos de la edad mínima de jubilación de las personas con discapacidad, va a depender del grado que tenga. Si se da el caso de que la persona tiene un grado igual o superior al 45%, por una discapacidad será, excepcionalmente, la de 56 años. En el caso de que el trabajador tenga una discapacidad igual o superior al 65% podría jubilarse a partir de los 52 años.
Si la persona que solicita la jubilación anticipada acredite un grado de discapacidad por debajo del 45%, estas personas accederán a la jubilación en la edad ordinaria fijada para cada caso. Es decir, una persona que tenga un 33% de discapacidad, no se podrá acoger a esta jubilación anticipada para persona con discapacidad.
Listado de enfermedades para acceder a la jubilación anticipada con discapacidad
La normativa que fue aprobada el pasado mes de mayo de 2023 recogía que las personas que vayan a acceder a esta jubilación anticipada deberán de cumplir una serie de requisitos. Al hecho de que ya deben de haber tenido un grado de discapacidad igual o superior al 45%, se sumaba como novedad que las personas que tengan más de una patología de discapacidad podrán optar a la jubilación anticipada si la suma de sus dolencias supera el 45% de discapacidad.
A continuación vamos a ofrecer el listado de las enfermedades que se incluyen dentro de las
- Discapacidad intelectual
- Parálisis cerebral.
- Anomalías genéticas:
- Síndrome de Down
- Síndrome de Prader Willi
- Síndrome X frágil
- Osteogénesis imperfecta
- Acondroplasia
- Fibrosis Quística
- Enfermedad de Wilson
- Trastornos del espectro autista
- Anomalías congénitas secundarias a Talidomida
- Secuelas de polio o síndrome postpolio
- Daño cerebral (adquirido):
- Traumatismo craneoencefálico
- Secuelas de tumores del SNC, infecciones o intoxicaciones
- Enfermedad mental:
- Esquizofrenia
- Trastorno bipolar
- Enfermedad neurológica:
- Esclerosis lateral Amiotrófica
- Esclerosis múltiple
- Leucodistrofias
- Síndrome de Tourette
- Lesión medular traumática
Sobre este listado, debemos indicar que desde que entró en vigor la actualización de la jubilación anticipada por discapacidad, se puso en marcha un nuevo procedimiento, más ágil y sencillo, para actualizar el listado de patologías. De esta manera, se va a poder modificar de manera periódica mediante Orden Ministerial del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.