Acudir al notario nos puede resolver problemas como el de adquirir una pensión de viudedad aun sin haber estado casado con tu pareja. Cabe recordar, que la Seguridad Social contempla esta aportación económica para aquellas personas que han tenido vínculo matrimonial o han sido pareja de hecho con el fallecido y no han contraído nuevo matrimonio, es decir, cónyuge, separados, divorciados y personas cuyo matrimonio fue declarado nulo, y pareja de hecho en el momento del fallecimiento.
Y es que, la viudedad es un estado civil al que se accede cuando tu compañero de vida fallece. El problema es que para que se reconozca esta figura, no basta dicha definición. Debe existir una oficialidad que acredite que la persona fallecida era tu pareja. Por este motivo, el matrimonio (divorcio o separación) o el certificado de pareja de hecho, son los estados válidos que contempla la normativa en España. Cabe recordar, que se trata de una prestación económica para que el cónyuge superviviente, no sufra las consecuencias económicas de esta pérdida.
No hay que olvidar, que aunque hoy en día es menos habitual, aun existen en las parejas esa división que viene desde antaño en la que el hombre es el que gana un salario por trabajar fuera de casa, y la mujer se queda al cuidado del hogar y los niños pero no percibe compensación económica por este trabajo. Esto significa, que el sustento económico recae sobre una parte de la pareja. Así pues, ¿Qué pasa cuando este fallece? Para estos casos, está contemplada la pensión de viudedad.
Debes acudir al notario para cobrar la pensión de viudedad sin estar casados
Para acceder a esta pensión de viudedad, deben cumplirse una serie de requisitos, entre los cuales, se encuentra estar unidos en matrimonio, estar separados o divorciados, o estar inscritos como pareja de hecho. Cabe señalar, que el importe de esta pensión puede alcanzar hasta los 3.059 euros al mes. Además, es posible compatibilizarla con otras pensiones como la jubilación o la incapacidad permanente. Sin embargo, la gran duda que muchos tienen y por la que acuden al notario es: ¿Es posible cobrar esta pensión siendo pareja pero sin estar inscritos en ningún sitio?
Hoy en día, no es tan habitual que las parejas se casen. De hecho, son muchas las personas que conviven sin tener ningún tipo de documento oficial que acredite que son pareja. Sin embargo, esto puede suponer un problema de cara al futuro. Uno de estos problemas se encuentra a la hora de solicitar la pensión de viudedad, una prestación económica que puede ser importante cuando fallece uno de los miembros de la pareja para que el otro, no sufra las consecuencias económicas de quedarse solo.
¿Qué ha dicho la justicia al respecto?
Hay alternativas que la justicia ya ha determinado como válidas. Desde Borea, primera plataforma de servicios funerarios digital en España, apuntan a que la «última sentencia sobre pensión de viudedad parejas de hecho no inscritas, firmada por el Tribunal Supremo en marzo de 2022, estipula que para cobrar la pensión de viudedad, las parejas de hecho deberán estar inscritas en el registro de parejas de su Comunidad Autónoma, o del ayuntamiento donde hayan residido los dos últimos años».
Pero, no es la única opción. También es posible acreditar esta situación pasando por el notario. «Otra manera de acceder a la prestación es firmar un documento público que dé constancia de la formación de la pareja, con esos dos años de antelación. Ante esta nueva sentencia, toda pareja de hecho deberá contar con la inscripción o el documento público acreditado por la entidad correspondiente para poder cobrar la pensión de viudedad», han señalado.