Las personas con discapacidad física o movilidad reducida pueden acceder a la tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducido (PMR), que es una tarjeta que tiene como objetivo principal facilitar el aparcamiento a estas personas con problemas de movilidad. Como es obvio, para poder acceder a esta tarjeta, las personas interesadas en solicitarla deberán de cumplir una serie de requisitos específicos.
Por otro lado, debemos de tener en cuenta que, como dicen los propios usuarios de esta tarjeta, «esto no es un beneficio, sino una necesidad», por lo que se exige tolerancia a la hora de respetar estas zonas de aparcamientos dirigidas a estos colectivos.
¿Qué es la Tarjeta de Aparcamiento para personas con movilidad reducida?
Desde la Junta de Andalucía señalan que la tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida es un documento personal e intransferible de la persona titular de esta tarjeta. En este caso, la tarjeta tiene validez en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, sin perjuicio de su utilización en todo el territorio de la Unión Europea en los términos que establezcan las normas nacionales de los Estados miembros.
La Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad vela para que, el procedimiento administrativo y/o sancionador, en su caso, se tramite y resuelva con garantías de calidad, eficacia y eficiencia para la ciudadanía con discapacidad que presenta movilidad reducida. Debemos de tener en cuenta que la persona que solicite la tarjeta debe tener una discapacidad reconocida igual o superior al 33%.
La persona titular de la tarjeta con movilidad reducida podrá ser:
- Conductor/a en vehículo de su propiedad o en cualquier otro.
- Acompañante. El vehículo podrá ser conducido por otro conductor o conductora, siendo indispensable que siempre se desplace en su interior la persona titular de la tarjeta con movilidad reducida. En caso contrario, se establecerán las sanciones previstas por el ordenamiento jurídico.
¿Para que sirve la Tarjeta de Aparcamiento de vehículos para personas con movilidad reducida?
La disponibilidad de esta tarjeta posibilita:
- Estacionar en zonas reservadas para personas con movilidad reducida.
- Aparcar el vehículo gratuitamente y sin limitación de tiempo en las áreas verdes, azules y zonas de carga/descarga, siempre que no afecte las limitaciones de circulación y estacionamiento de las áreas peatonales y en función de las Ordenanzas de las Corporaciones Locales.
- Acceder a las plazas de aparcamiento reservadas y habilitadas por los Ayuntamientos para vehículos que transportan a personas con movilidad reducida y que son titulares de tarjeta de aparcamiento.
- Estacionar en las plazas de aparcamiento públicas reservadas para personas con discapacidad, distribuidas en las zonas consideradas de interés, en los núcleos urbanos.
- Aparcar en cualquier lugar de la vía pública, durante el tiempo imprescindible, siempre que no impida la circulación de vehículos o peatones.
La tarjeta de aparcamiento de transporte colectivo para personas con discapacidad y movilidad reducida permite estacionar el vehículo, gratuitamente y durante el tiempo imprescindible, para recoger o dejar personas con discapacidad y movilidad reducida, en las zonas verdes, azules y de carga/descarga y en cualquier lugar de la vía pública, siempre que no impida la circulación de vehículos y peatones.
La tarjeta individual o colectiva, no autoriza estacionar en doble fila, sobre la acera o en paradas reservadas para taxis, motos y otros vehículos especiales (hoteles, organismos oficiales, etc).