Las personas con más de 52 años que hayan agotado el derecho a recibir la prestación o subsidio por desempleo pueden acceder al llamado subsidio para mayores de 52 años, siempre que cumplan con los requisitos establecidos por la administración.
Algunos de los requisitos más importantes para percibir este subsidio son tener más de 52 años y menos de la edad ordinaria de jubilación que corresponda; estar en situación de desempleo y no tener la condición de trabajador fijo discontinuo.
Además, también será importante estar inscrito como demandante de empleo; suscribir el compromiso de actividad y carecer de rentas propias de cualquier naturaleza que en cómputo mensual superen el 75% del salario mínimo interprofesional.
Declaración anual de rentas
En este sentido, muchas personas que perciben el subsidio para mayores de 52 años desconocen uno de los requisitos fundamentales a cumplir para poder seguir cobrando dicha prestación y que el SEPE no elimine el derecho a percibir el citado importe.

Así, desde el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) recuerdan que las personas que perciben el subsidio para mayores de 52 años tienen la obligación de presentar cada año una declaración de sus rentas anuales. Para ello, es necesario adjuntar documentos que acrediten los hechos.
Esto ocurre porque los beneficiarios de este subsidio deben seguir cumpliendo el requisito de carencia de rentas. Si no han superado en ningún mes el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) podrá podrá tramitar la declaración anual a través de Internet en la Sede Electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), siempre que disponga de certificado digital, DNI electrónico o usuario y contraseña Cl@ve.
En caso de no disponer de clave de acceso a Internet o si las rentas han superado durante algún mes el citado importe, para realizar la declaración anual será necesario acudir a la oficina de prestaciones. Para estas situaciones es conveniente pedir cita previa en la página web del SEPE o vía telefónica.
Cuándo presentar la declaración de rentas del subsidio
Para presentar la declaración de rentas anuales no existe una fecha fija común para los beneficiarios de este subsidio. Si bien, cada persona deberá presentar dicha declaración doce meses después desde el nacimiento del derecho a percibir dicho subsidio o cada vez que transcurran doce meses para su renovación.
El plazo de presentación será de quince días hábiles desde la fecha indicada, la cual será informada con anterioridad por parte del Servicio Público de Empleo Estatal.
Debe tener en cuenta que la presentación de esta declaración de rentas anuales es fundamental para seguir cobrando el subsidio para mayores de 52 años. En caso de no proceder a ello, el SEPE interrumpirá el pago de la prestación y por consiguiente de la cotización.
A través del siguiente enlace podrás realizar la declaración anual de rentas y acreditar en el SEPE que cumples los requisitos establecidos para poder seguir percibiendo el subsidio para mayores de 52 años.
Requisitos fundamentales para cobrar el subsidio
Con anterioridad hemos descrito alguno de los requisitos básicos para percibir el subsidio para mayores de 52 años en España. Sin embargo, es preciso profundizar en una serie de condiciones fundamentales para obtener el derecho de recibir esta prestación.
La persona beneficiaria deberá estar en situación de desempleo y haber perdido el derecho a una prestación contributiva o subsidio por desempleo. Además uno de los requisitos claves es contar con una cotización mínima de 15 años a la Seguridad Social, siendo dos de ellos inmediatamente anteriores a los últimos 15 años.
Por último, otro de los requisitos indispensables marcados por el SEPE es que la persona solicitante haya cotizado al desempleo durante al menos seis años a lo largo de su vida laboral.