Dejar de cobrar la prestación contributiva por desempleo puede suponer un perjuicio importante para muchas personas desempleadas en España. Sin embargo, el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) ofrece diferentes tipos de subsidios para las personas que han agotado la prestación por desempleo.
La prestación contributiva por desempleo tiene un tiempo de duración limitada, en función de los años de cotización previos del trabajador. Así, los subsidios por desempleo cumplen una función protectora durante el periodo de tiempo que el trabajador deja de cobrar el paro y encuentra un nuevo trabajo.
Tipos de subsidios por desempleo
Actualmente, el SEPE contempla diferentes tipos de subsidio por desempleo que se pueden percibir tras agotar la prestación contributiva del paro. Para percibir cada una de estas ayudas al desempleo, es necesario cumplir con una serie de requisitos.
En concreto, estos son todos los subsidios que se pueden cobrar tras agotar el derecho a la prestación contributiva por desempleo:
- Subsidio por desempleo con cargas familiares.
- Subsidio para mayores de 45 años.
- Subsidio para mayores de 52 años.
- Renta Activa de Inserción (RAI).
El SEPE también ofrece un subsidio específico para las personas que no han cotizado lo suficiente como para tener derecho a la prestación contributiva por desempleo. Se trata del subsidio por cotización insuficiente.
Además, a partir del 1 de noviembre entrará en vigor la nueva reforma del subsidio por desempleo, que simplificará todas estas ayudas para mejorar el acceso a ellas por parte de todos los ciudadanos que se encuentran en situación de desempleo.
Igualmente, esta reforma incorpora a nuevos beneficiarios para cobrar el subsidio por desempleo a partir del 1 de noviembre de 2024. En este sentido, podrán recibir el subsidio por desempleo las personas menores de 45 años sin responsabilidades familiares; trabajadores agrarios eventuales, mayores de 16 años víctimas de violencia de género o sexual; trabajadores transfronterizos de Ceuta y Melilla; y españoles emigrantes retornados sin derecho a prestación contributiva.
Cuantía del subsidio por desempleo
Actualmente, el subsidio por desempleo del SEPE tiene una cuantía equivalente al 80% del IPREM (Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples). Teniendo en cuenta el IPREM mensual de 600 euros en 2024, la cuantía de este subsidio se sitúa en 480 euros.
A partir del 1 de noviembre de 2024, la cuantía del subsidio por desempleo será del 95% del IPREM (570 euros al mes) durante los primeros seis meses de percepción; del 90% del IPREM (540 euros al mes) durante los seis meses posteriores; y del 80% del IPREM (480 euros al mes) para el resto de duración de la prestación.
Supone una subida adicional de 90 euros con respecto a la cuantía actual, teniendo en consideración el IPREM vigente. Si bien, el Gobierno de España no descarta una nueva subida del IPREM en 2024, que pueda tener efecto sobre las cuantías del subsidio por desempleo.
En cualquier caso, desde el SEPE informan que «los derechos reconocidos antes del 1 de noviembre de 2024 se mantienen con la normativa anterior hasta su extinción. Además, el nuevo régimen de compatibilidades entre empleo y ayudas por desempleo se aplicará el 1 de abril de 2025″.
Así, existen diferentes tipos de subsidio por desempleo que se pueden percibir tras dejar de cobrar el paro, todos ellos con una duración limitada. Eso sí, el subsidio para mayores de 52 años se puede recibir de forma ininterrumpida desde los 52 años hasta que la persona beneficiaria alcance la edad de jubilación ordinaria.