La edad de jubilación seguirá subiendo en los próximos años en España. Así lo estiman desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, encabezado por el ministro José Luis Escrivá.
De acuerdo con la información proporcionada por la Seguridad Social, se prevé que el número de pensiones contributivas en España alcance su punto máximo en el año 2053, llegando a un total de 14,8 millones de pensiones de este tipo. De este modo, se estima que más del 70% de estas pensiones serán pensiones de jubilación.
Esta situación supone un reto para el Gobierno de España y para la sostenibilidad del sistema de pensiones. Así, la edad de jubilación también tendrá un papel clave.
SUBIDA DE LA EDAD DE JUBILACIÓN MEDIA
Desde el Gobierno de España prevén que la edad media de jubilación subirá en 1,6 años en 2050, hasta situarse en 65,5 años.
Al respecto, desde la Seguridad Social explican que este aumento será consecuencia, entre otras cosas, de los incentivos aprobados por el Gobierno por retrasar la jubilación por encima de la edad ordinaria.
La jubilación demorada permite a los ciudadanos seguir trabajando por encima de la edad de jubilación ordinaria, a cambio de incentivos económicos importantes para la pensión.
Todas estas estimaciones se recogen en el informe de proyecciones de gasto de pensiones publicado por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
PROYECCIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Según el informe realizado por la Seguridad Social, las altas de jubilación demorada disminuirán durante los primeros años. Si bien, a partir del 2040, estas diferencias se rebajarán «notablemente».
Los incentivos a la jubilación demorada tendrán efecto sobre la edad de jubilación media en los próximos años.
Así, desde la Seguridad Social estiman que la tasa de ocupación de mayores de 65 años pasará de 18,4% a 27,8%. Por su parte, la tasa de ocupación de mayores de 55 años aumentará del 43,8% al 48,9% en 2050.
Igualmente, la Seguridad Social también prevé un aumento en las tasas de empleo a los 65 y 66 años, debido a la subida de la edad de jubilación ordinaria hasta los 67 años en 2027. Con todo ello, se estima una subida de la edad media de jubilación en 1,6 años en 2050.
AUMENTO DE LA EDAD DE JUBILACIÓN EN 2027
Respecto a este informe de la Seguridad Social, hay que tener en cuenta que España se encuentra en pleno proceso de subida de la edad de jubilación ordinaria.
Este proceso se inició en el año 2013 y culminará en 2027. Así, desde el año 2013 en adelante se está produciendo un aumento progresivo en la edad de jubilación.
Por ejemplo, en 2024 también habrá un nuevo incremento en la edad de jubilación. En 2024, la edad de jubilación ordinaria será de 66 años y seis meses para las personas con una cotización inferior a 38 años. También será de 65 años para las personas con una cotización igual o superior a 38 años.
Así, en el año 2027, la edad de jubilación ordinaria se situará en 67 años para las personas con una cotización a la Seguridad Social inferior a 38 años y seis meses durante la vida laboral. Del mismo modo, las personas con una cotización igual o superior a 38 años y seis meses, tendrán una edad de jubilación de 65 años.
REQUISITOS PARA SOLICITAR LA PENSIÓN CONTRIBUTIVA DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Para calificar para una pensión contributiva por jubilación, se deben satisfacer los siguientes criterios:
- Haber cotizado a la Seguridad Social durante al menos quince años.
- De esos años de cotización, al menos dos deben haber transcurrido dentro de los últimos quince años previos a la jubilación.
- Alcanzar la edad de 66 años y dos meses.
Además, es posible acceder a una pensión contributiva con 65 años, pero en este caso, se requiere demostrar un mínimo de 37 años y 6 meses de cotización a la Seguridad Social.
En cuanto a los requisitos para recibir una pensión contributiva por incapacidad permanente, se aplican criterios distintos. Es necesario:
- No haber alcanzado la edad de jubilación.
- Estar registrado en la Seguridad Social.
- Cumplir con un período específico de cotización, el cual dependerá de la causa y del tipo de incapacidad.
En el caso de la pensión contributiva por orfandad, tanto el fallecido como el beneficiario deben cumplir con ciertos requisitos:
Por parte del fallecido, se requiere cumplir al menos uno de los siguientes:
- Estar registrado en la Seguridad Social.
- Haber cotizado durante quince años.
- Estar percibiendo una pensión contributiva.
En lo que respecta al hijo beneficiario, se debe cumplir con al menos uno de los siguientes criterios:
- Ser menor de 21 años.
- Tener entre 21 y 25 años y no estar empleado.
- Ser mayor de 21 años y presentar una incapacidad.