La jubilación anticipada es posible para los autónomos

La jubilación anticipada es posible para los autónomos

Soy autónomo, ¿Tengo derecho a la jubilación anticipada?

Los trabajadores autónomos tienen derecho a solicitar una pensión de jubilación aunque deben cumplir una serie de requisitos legales

La jubilación es ese momento con el que todo trabajador sueña durante su etapa en activo. ¿El motivo? Poder disfrutar de todo el tiempo libre durante el resto de la vida. Y es que jubilarse es dejar atrás una vida de obligaciones para poder tener tiempo para viajar, la familia, o cualquier otra actividad que no era posible mientras se trabaja. La pregunta es, ¿Cuál es el mejor momento para retirarse? En este sentido, no valen solo los criterios personales de cada persona, sino las condiciones establecidas legalmente. En base a ellas, existe incluso la posibilidad de una jubilación anticipada.

Cabe recordar, que para poder disfrutar plenamente de una jubilación, ya sea anticipada o no, la pensión a percibir es uno de los elementos más importantes. Y es que si se deja de trabajar, se deja de igual modo de percibir un salario, y por tanto de tener un medio para vivir. En este sentido, en España existe un sistema de pensiones que está pensado precisamente para cubrir a las personas que finalizan su vida laboral. Para poder nutrirse de él, hay criterios que deben cumplirse, como la edad de jubilación o los años cotizados a la Seguridad Social.

Autónomos y jubilación anticipada

Los trabajadores autónomos son aquellos que trabajan por cuenta propia, una situación que crea muchas incógnitas a la hora de la jubilación. Una de las más repetidas gira en torno a la jubilación anticipada, pues un trabajador por cuenta ajena tiene esta opción, pero, y, ¿Los autónomos? También. Eso sí, existe una condición, y es que la Seguridad Social afirma que existe la opción de retirarse a los 60 años para los trabajadores autónomos que tengan la condición de mutualista.

Bien es cierto, que la condición en estos casos, es haber sido cotizante en alguna de las Mutualidades Laborales de trabajadores por cuenta ajena con anterioridad a 1 de enero de 1967. De lo contrario, si no cuenta con esta condición de mutualista, la única opción para el autónomo es jubilarse dos años antes de cumplir la edad ordinaria de jubilación, pero también sería solo en los casos en los que se cumpla con los requisitos para poder acceder a la pensión contributiva.

En cualquier caso, lo más importante antes de solicitar la jubilación, sea esta anticipada o no, es consultar la cuantía de pensión que nos corresponde. Esto es especialmente necesario en los casos en los que se aspire a una retirada anticipada, pues es fundamental tener en cuenta las penalizaciones que podría sufrir nuestra pensión y como estas perjudicarían el monto final a percibir. En este sentido, la Seguridad Social tiene establecido lo siguiente:

¿Qué posibilidades tiene el trabajador autónomo?

La legislación española contempla dos tipos de jubilación anticipada: Voluntaria o involuntaria. Si embargo, en el caso de los trabajadores autónomos, como es lógico, solo existe la opción voluntaria. ¿El motivo? Si se trabaja por cuenta propia, nadie les puede forzar a un retiro involuntario.

La jubilación anticipada voluntaria es aquella en la que es el propio trabajador quien decide retirarse antes de alcanzar la edad establecida para ello. La normativa vigente española establece que en estos casos, el trabajador puede retirarse como máximo 2 años antes de cumplir la edad legal de jubilación. Pero, ¿Cuál es dicha edad?

Actualmente, depende del año. Para este 2024, la edad legal de jubilación ordinaria son 66 años y 6 meses si se han cotizado menos de 38 años, y de 65 años si se ha acumulado un periodo de cotizaciones superior a 38 años.

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