En Extremadura, para solicitar la prestación de dependencia hay que pedirla a través de la Junta de Extremadura, liderada actualmente por Guillermo Fernández Vara. En este caso, el órgano que se encarga de la gestión es el Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a la Dependencia (SEPAD), dependiente del Consejería de Salud y Política Social que comanda José María Vergeles Blanca. Esta ayuda esta asociada al Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso).
El proceso de reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) no es un proceso sencillo. Aunque parezca una ayuda nacional, que depende del Gobierno de España, los órganos gestores son las Comunidades Autónomas y las Direcciones Territoriales del Imserso.
Dependencia
La Junta de Extremadura define a las personas con dependencia como «aquellas que tienen reconocida su situación de dependencia por resolución de la Comunidad Autónoma». Eso sí, la validez se extiende a todo el territorio nacional. Además, detalla que para que se produzca el reconocimiento de la situación de dependencia, se realizará tras la valoración de la situación de la persona dependiente. Todo ello mediante la aplicación del instrumento y baremo aprobados por Real Decreto del Gobierno.
De esta manera, añade que la dependencia es «el estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones de edad, enfermedad o discapacidad, junto con la falta o pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar las actividades básicas de la vida diaria; o en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental de otros apoyos para su autonomía personal».
Si hablamos de dependencia en España, tenemos que mencionar la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía y Atención a las personas en situación de Dependencia. El objetivo de esa ley, formulada en 2007, fue incorporar al sistema público atención a la dependencia. Aunque parezca algo normal en la actualidad, en su día el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia fue un grandísimo avance en el desarrollo de los derechos sociales en el territorio español.
Como hemos indicado, el organismo que se encarga de aplicar esta ley en Extremadura es el SEPAD. Dicho órgano fue creado en 2008 por la Junta de Extremadura. Además de la dependencia, se encarga de la gestión de la discapacidad, autonomía o personas mayores.

¿Dónde solicitar la situación de dependencia en Extremadura?
La sede del SEPAD se encuentra en la Avenida de las Américas 4, en Mérida. El teléfono de contacto es el 924 008 530. Después, cuenta con dos gerencias territoriales en Cáceres y Badajoz.
- Gerencia Territorial en Cáceres: Plaza Hernán Cortes,1 ; teléfono de contacto: 927 004 296
- Gerencia Territorial en Badajoz: Ronda del Pilar, 5, 3ª planta ; teléfono de contacto: 924 939 322
Aunque para solicitar la situación de dependencia, el interesado puede enviar la información por dos vías:
- A través de las oficinas de Correos, donde las solicitudes se presentarán en sobre abierto. El objetivo de ello es que el responsable muestre la fecha de presentación.
- En los Registros de la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales y del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD), en los Centros de Atención Administrativa y Oficinas de Respuesta Personalizada de la Junta de Extremadura o en cualquiera de los lugares y formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Requisitos
Para poder solicitar la ayuda a la dependencia, el sujeto debe cumplir una serie de requisitos. El primero de ellos es residir en territorio español y haberlo hecho durante cinco años, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. En el caso de que el demandante tenga menos de cinco años, el periodo de residencia se exigirá a quien ejerza su guarda y custodia.
Las personas que reuniendo los requisitos establecidos en el apartado anterior carezcan de la nacionalidad española, se regirán por lo establecido en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, en los tratados internacionales y convenios que se establezcan en el país de origen. Para los menores que carezcan de la nacionalidad española se estará a lo dispuesto en las Leyes del Menor vigentes, así como en los Tratados internacionales.
Tramitar la situación de dependencia en Extremadura
La solicitud puede tramitarla el propio solicitante, su guardador de hecho o su tutor legal, en caso de estar incapacitado legalmente. Además, también la pueden solicitar los trabajadores sociales de Servicios Sociales de Atención Social Básica, de los Equipos de Atención Primaria y de los centros de mayores.
Una vez que la solicitud ha sido cursada, no se producirá el primer contacto con el solicitante hasta que se le comunique la fecha en que se producirá la valoración. En los casos en que se detecte algún error en la cumplimentación de la solicitud, se contactará con el solicitante para proceder a su subsanación.

La resolución del grado de dependencia es un documento emitido por la Directora Gerente del SEPAD que reconoce el grado de dependencia de la persona solicitante informando sobre las alternativas de prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia a las que tiene derecho en virtud del grado reconocido.
La Resolución de Grado tiene validez en todo el territorio de España.
Disconformidad con el grado de dependencia obtenido
En caso de que el demandante quede disconforme con el grado de dependencia obtenido, puede pedir una revisión. Es decir, se podrá interponer un recurso de reposición ante la Directora Gerente del SEPAD. Para ello contará con un mes de plazo, a contar a partir del día siguiente al de su notificación, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015.
Además, si el usuario ha sufrido un empeoramiento en su estado y en la primera valoración no ha obtenido el grado máximo (Grado 3), puede solicitar una revisión del grado de dependencia. Para ello deberá presentar un nuevo informe médico detallado y actualizado del médico de atención primaria.
En este caso es opcional adjuntar informes de especialista para completar la información. Estos documentos se adjuntarán al modelo oficial de Solicitud de Revisión y se dirigirán a su respectiva Gerencia Territorial.
Servicios y prestaciones económicas según el grado de dependencia
Existen tres grados de dependencia (moderada, severa y gran dependencia) para categorizar los servicios y prestaciones económicas que recibirá.
En el caso del grado I, dependencia moderada, incluye los servicios de teleasistencia, ayuda a domicilio; de promoción de la autonomía personal y de centro de día. En el apartado económico, cuenta con la prestación económica para cuidados en el entorno familiar y otra ayuda vinculada al servicio.
Cuando hablamos del grado II, dependencia severa, los servicios aumentan. Al igual que la anterior, incluye la teleasistencia, la prevención y promoción de la autonomía personal, la ayuda a domicilio y centro de día. Además, se suma el servicio de centro de noche, la atención residencial y la atención residencial temporal.
En el apartado económico, el grado II cuenta con prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales. También suma la prestación económica vinculada al servicio, en los supuestos previstos en la Ley.
El grado III, gran dependencia, es la que cuenta con más servicios y prestaciones
En el apartado servicios encontramos los siguientes:
- Prevención y de promoción de la autonomía personal.
- Teleasistencia.
- Ayuda a domicilio.
- Centro de Día.
- Centro de Noche.
- Atención residencial.
- Atención residencial temporal.
Mientras que si hablamos de las ayudas económicas, son tres:
- Para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales.
- Prestación económica de asistencia personal.
- Prestación económica vinculada al servicio, en los supuestos previstos en la Ley.
Para más información sobre la ayuda de dependencia en Extremadura, visita la web del SEPAD.