En Castilla y León, para solicitar la prestación de dependencia personal tienes que contactar con la Junta de Castilla y León, liderada actualmente por Alfonso Fernández Mañueco. En este caso, el órgano que se encarga de la gestión es la Consejería de Familia e Igualdad de oportunidades, que dirige María Isabel Blanco Llamas. Esta ayuda esta asociada al Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso).
El proceso de reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) no es un proceso sencillo. Aunque parezca una ayuda nacional, que depende del Gobierno de España, los órganos gestores son las Comunidades Autónomas y las Direcciones Territoriales del Imserso.
Dependencia
Desde el Gobierno de la Junta de Castilla y León señalan que la dependencia es el estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones de edad, enfermedad o discapacidad, junto con la falta o pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o de ayudas importantes para realizar las actividades básicas de la vida diaria; o en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, necesitan de otros apoyos para su autonomía personal.
¿Quiénes son las personas dependientes?
Aquellas que tienen reconocida su situación de dependencia por resolución de la Comunidad Autónoma, cuya validez se extiende a todo el territorio nacional.
El reconocimiento de la situación de dependencia se realizará tras la valoración de la situación de la persona dependiente, mediante la aplicación del baremo aprobado por Real Decreto del Gobierno (Real Decreto 174/2011 de 11 de febrero).
Cómo realizar el procedimiento para solicitar la situación de dependencia en Castilla y León
El objetivo de la prestación por dependencia es reconocer la situación de dependencia de los solicitantes, en el grado y nivel que corresponda, así como el derecho a las prestaciones derivadas de dicha situación.
El procedimiento incluye las opciones de:
- Reconocimiento inicial de la situación de dependencia.
- Establecimiento del Programa Individual de Atención (PIA) y reconocimiento de las prestaciones
- Revisión del grado y nivel de dependencia y de las prestaciones.
Cualquier persona física que se encuentre en una situación de dependencia.
Dónde y Cómo tramitar la situación de dependencia en Castilla y León
La Junta de Castilla y León ofrece tres formas de presentar y tramitar la prestación por situación de dependencia en Castilla y León: por teléfono, modo presencial o por Internet.
Por teléfono
Desde el Gobierno de la Junta de Castilla y León señalan que la persona que tenga problemas para rellenar la solicitud, puede llamar al teléfono 902 106 060. Además, si prefiere que le sea la administración quien le llame, desde el organismo autonómico dan la posibilidad de hacerlo siempre que se facilite su número de teléfono.
De manera presencial
La persona solicitante puede acudir a los Centros de Acción Social «CEAS» dependientes de las Diputaciones Provinciales y de los Ayuntamientos con más de 20.000 habitantes. Para garantizar la correcta tramitación desde el principio, desde la administración aconsejan que cuente con la ayuda de un profesional antes de proceder a cumplimentar la documentación y en cualquier caso leer atentamente las instrucciones de la solicitud.
Para ello puede buscar Centro de Acción Social más próximo a su domicilio dentro de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
Por Internet
La Junta de Castilla y León también ofrece la posibilidad de solicitar la situación de dependencia a través de Internet. Para ello habrá que realizar, como en todos los trámites, las pautas y requisitos técnicos de firma y otras utilidades que se recoge en la web oficial.
Fases del procedimiento de la situación de dependencia en Castilla y León
Existen seis fases para solicitar la situación de dependencia en la Junta de Castilla y León:
- Apertura: Una vez recibida la solicitud, se abre el expediente y se revisa.
- Subsanación o mejora de la solicitud: En ocasiones, se puede requerir al interesado que subsane los posibles defectos o que presente documentación complementaria.
- Valoración y petición de informes: Los profesionales acreditados realizan una valoración en el domicilio habitual del solicitante. También se solicita a otras administraciones datos e informes necesarios para completar el expediente.
- Consulta y audiencia: El interesado recibirá por correo postal un documento en el que se le informa de las prestaciones a las que tiene derecho para que, en el plazo de 10 días, elija la que prefiera o bien presente alegaciones. Este trámite no será necesario en el caso de que conste previamente la elección o cuando el interesado esté recibiendo un servicio adecuado a su situación según la normativa vigente.
- Resolución: Se elabora la resolución que establece el grado de dependencia y las prestaciones que se le reconocen.
- Notificación: La resolución se notifica al interesado en el domicilio que ha señalado en la solicitud o que ha comunicado con posterioridad.
¿Cómo se determina el grado de dependencia?
- El grado de dependencia, a efectos de su valoración, se determina mediante la aplicación del baremo acordado en el Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, aprobado mediante Real Decreto. Dicho baremo tiene entre sus referentes la Clasificación Internacional del Funcionamiento, la Discapacidad y la Salud (CIF).
- El baremo establece los criterios objetivos de valoración del grado de autonomía de la persona, de su capacidad para realizar las distintas actividades de la vida diaria y la puntuación.
A este respecto se entiende por actividades básicas de la vida diaria las tareas más elementales de la persona, que le permiten desenvolverse con un mínimo de autonomía e independencia, tales como: el cuidado personal, las actividades domésticas básicas, la movilidad esencial, reconocer personas y objetos, orientarse, entender y ejecutar órdenes o tareas sencillas.
¿Qué se entiende por autonomía personal?
La capacidad de controlar, afrontar y tomar, por propia iniciativa, decisiones personales acerca de cómo vivir de acuerdo con las normas y preferencias propias, así como de desarrollar las actividades básicas de la vida diaria.
¿Quién puede solicitar el reconocimiento de su situación de dependencia?
Son titulares de los derechos establecidos en la Ley los españoles que cumplan los siguientes requisitos:
- Encontrarse en situación de dependencia, tal y como se describe en el primer punto, en alguno de los grados establecidos.
- Residir en territorio español y haberlo hecho durante cinco años, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Para los menores de cinco años, el periodo de residencia se exigirá a quien ejerza su guarda y custodia.
Las personas que, reuniendo los requisitos anteriores, carezcan de la nacionalidad española, se regirán por lo establecido en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, en los tratados internacionales y en los convenios que se establezcan con el país de origen.
En el caso de los emigrantes españoles retornados, no será preciso este periodo mínimo de residencia, pudiendo acceder directamente al sistema, una vez fijada su residencia en España.
¿Dónde y cómo se valora la situación de dependencia?
Las personas encargadas de aplicar el baremo se desplazan al lugar de residencia habitual de la persona, excepto para los menores de cero a tres años, que serán valorados en los Centros Base.
El objetivo es determinar la capacidad individual del solicitante para llevar a cabo por sí mismo, de una forma adecuada, y sin apoyos de otra u otras personas, actividades o tareas en su entorno habitual.
La aplicación del BVD se fundamentará en los correspondientes informes sobre la salud de la persona y sobre su entorno habitual, así como en la información obtenida mediante la observación, la comprobación directa y la entrevista personal de evaluación llevadas a cabo por profesional cualificado y formado específicamente para ello.
En determinados casos, la entrevista debe completarse con la participación de otra persona que conozca bien la situación: si el informe de salud documenta deficiencias en las funciones mentales y/o limitaciones en la capacidad de comunicación que puedan interferir en la entrevista.
La valoración se realizará teniendo en cuenta el uso de prótesis, órtesis y ayudas técnicas disponibles por el solicitante, así como las barreras existentes en su entorno habitual. Finalizada la aplicación del baremo se obtendrá, un dictamen sobre el grado de dependencia, según su severidad y la necesidad de apoyo de otra persona en el desempeño de las actividades valoradas.
¿Cuáles son los plazos de resolución del reconocimiento?
El plazo máximo entre la fecha de entrada de la solicitud en la Gerencia Territorial de Servicios Sociales y la de la resolución de reconocimiento de la prestación será de seis meses.
La resolución de encontrarse en situación de dependencia los niños menores de seis meses, a efectos de la ampliación del permiso de maternidad, se dictará en el plazo de treinta días naturales.