El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es un organismo público dependiente del Ministerio de Trabajo y Economía Social. Entre sus numerosas funciones, se encuentra la gestión y tramitación de la prestación contributiva del paro y diferentes subsidios por desempleo. Así, los beneficiarios de este tipo de prestaciones cuentan con una serie de derechos y adquieren ciertas obligaciones con la Administración Pública.
La mayoría de estos subsidios por desempleo comparten características comunes, aunque también presentan aspectos diferenciales a tener en cuenta. Un punto parejo se encuentra en la cuantía económica mensual que se percibe por cada uno de ellos, ya que es equivalente al 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM) vigente en cada momento. En este año 2022, se trata de una cuantía de 463,21 euros al mes.
«El pago del subsidio se realiza por mensualidades de 30 días, entre los días 10 y 15 del mes inmediato siguiente al que corresponda el devengo. Se abonará, salvo excepciones, en la cuenta que usted indique, siempre que sea titular de la misma», argumentan desde el SEPE. Este es uno de los derechos que obtiene el beneficiario de este tipo de prestaciones no contributivas.
Comunicación de situación personal al SEPE
Por otra parte, los beneficiarios de prestación contributiva del paro y subsidios por desempleo adquieren una serie de obligaciones con la Administración Pública. Una de las más importantes consiste en comunicar al SEPE cualquier modificación de la situación personal o familiar.
Así, estas son algunas de las situaciones familiares o personales que se deben comunicar al SEPE cuando se está en pleno periodo de percepción de prestaciones por desempleo:
- Colocación en un nuevo puesto de trabajo, ya sea a tiempo parcial o completo.
- En caso de obtener ingresos que superen el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), excluida la parte proporcional de las dos pagas extraordinarias.
- Incapacidad temporal.
- Baja por maternidad o paternidad.
- Pasar a cobrar una pensión de incapacidad permanente u otra pensión de la Seguridad Social incompatible con la prestación del paro y subsidio por desempleo.
- Variación de la situación personal. Es decir, matrimonio, viudedad, separación…etc.
Desde el SEPE también informan que se debe comunicar «el cambio de la situación de las personas que componen su unidad familiar, si puede afectar al requisito de responsabilidades familiares para el acceso y mantenimiento del subsidio por desempleo: colocación o pérdida del trabajo, separación matrimonial, nacimiento o fallecimiento, etc».
Más situaciones de comunicación en subsidio por desempleo
Los beneficiarios de prestación del paro y subsidio por desempleo también deben comunicar al SEPE la variación del número de hijos o hijas a cargo que se hayan tenido en cuenta para la cuantía a percibir por las prestaciones.
También es importante informar sobre el cambio de domicilio, traslado de población, salida al extranjero o sobre todo aquello que impida al usuario acudir a los servicios públicos de empleo renovar su demanda de empleo.
Todas estas modificaciones de situaciones se pueden comunicar a través de la página web del SEPE en caso de disponer de certificado digital, DNI electrónica o usuario y contraseña cl@ve. También es posible llamando al teléfono de atención a la ciudadanía.