El Sistema de Información del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia

Explicamos el significado del Sisaad, el Sistema de Información del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia

Persona con discapacidad en una silla de ruedas dependencia

Persona con discapacidad en una silla de ruedas

El sistema de dependencia personal en España es un órgano que depende del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, que se incluye dentro del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. En este marco, la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de Dependencia cobra vital importancia, ya que establece un nuevo derecho para todos los ciudadanos.

Como aseguran fuentes del Gobierno de España, todas aquellas personas, ya sean mayores o con discapacidad, que no puedan valerse por sí mismas serán atendidas por las administraciones públicas. Sobre la entidad recae la obligación de garantizar el acceso a los servicios públicos y a las prestaciones económicas más adecuadas a sus necesidades.

Las ayudas a dependencia que ofrece el estado pueden ser de dos tipos: servicios o prestaciones económicas. Todo este tipo de ayudas se recogen en la Ley de Dependencia se integran en la Red de Servicios Sociales de las respectivas Comunidades Autónomas.

El Portal de Dependencia, que se incluye dentro del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO), es onde se recoge toda la información sobre todo lo que ofrece las distintas administraciones en materias de dependencia en España.

A continuación vamos a desarrollar lo que es el sistema de Información del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, también conocido como Sisaad.

Beneficios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia

El Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia que ofrece el Gobierno de España tiene multitud de beneficios. Uno de ellos, y el que más gusta a los solicitantes, es la reducción del papel en la tramitación de las solicitudes.

Además, este sistema de dependencia permite anticipar problemas organizativos y de gestión en general. Otro de sus beneficios se encuentra en la gestión centralizada de la Red de Servicios en todo el Estado, suponiendo una gran reducción de costes como consecuencia de un único aplicativo disponible para todas las CCAA. También ofrece la disponibilidad de la aplicación en todas las lenguas oficiales del Estado español.

En este sentido, tiene un uso de una solución robusta que garantiza estabilidad en la utilización y gestión de la misma. Otro elemento a resaltar es la capacidad de gestionar y tramitar online miles de expedientes. Esto se debe a que consta con único sistema global de gestión de todo el proceso de reconocimiento de la situación de Dependencia.

Con esta centralidad que aplica para todas las CCAA, el sistema de dependencia cuenta con un carácter homogéneo a los procesos que facilitan el lenguaje de gestión entre CCAA, así como el intercambio de información tanto entre ellas como a nivel de cada CCAA.

Además, facilita el control en la gestión y la eficiencia operativa a través de la explotación de la información consolidada. Este sistema tiene disponibilidad inmediata de informes de gestión en función de la distribución geográfica.

El último beneficio a destacar es el seguimiento de la información mediante procesos online y automáticos y a través de información consolidada y actualizada.

Conexión entre el Sisaad y las Comunidades Autónomas

El Sisaad se ha puesto a disposición de todas las Comunidades Autónomas para que puedan realizar, si así lo desean, la gestión de sus expedientes y generar las estadísticas del sistema de atención a la dependencia.

Independientemente de que la Comunidad Autónoma esté gestionando o no sus expedientes mediante el Sisaad, todas están obligadas a informar al mismo de ciertos datos de consolidación y control en las distintas etapas del expediente (iniciación, resolución de grado y resolución de PIA).

El Sisaad en la ley

El Capítulo III del Título II de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, establece que la Administración General del Estado debe generar un Sistema de Información que garantice la disponibilidad de la información relativa al SAAD y la comunicación recíproca entre las administraciones públicas. En el seno del Consejo Territorial, órgano de cooperación interadministrativo del sistema, se deberán acordar los objetivos y contenidos de información referida al catálogo de servicios, datos de población protegida, recursos humanos, infraestructuras de la red, resultados obtenidos y calidad en la prestación de los servicios.

El Sisaad se regula en la Orden SSI/2371/2013, de 17 de diciembre, con la finalidad de garantizar una mejor disponibilidad de la información y de la comunicación recíproca entre las administraciones públicas, así como facilitar la compatibilidad y el intercambio de información entre éstas, consiguiendo así una mejor gestión, explotación y transparencia de los datos contenidos en el mismo. Todo ello con respeto de las competencias que las comunidades autónomas y el resto de administraciones públicas tienen asignadas en la materia.

Con toda esta información en el sistema, la Ley indica que se deben realizar estadísticas de interés estatal, comunitario, y las que se deriven de compromisos con organizaciones supranacionales internacionales.

 

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