La Seguridad Social ha mandado un mensaje de aviso a miles de pensionistas con el comienzo del año 2025. Así, todos estos pensionistas deberán presentar un documento imprescindible si no quieren perder su pensión de jubilación u otra pensión contributiva perteneciente al sistema español.
En concreto, este mensaje de aviso se dirige a todas las personas beneficiarias de una pensión contributiva española y que residen en un país extranjero. Todos estos pensionistas tienen la obligación de presentar ante la Seguridad Social Social el documento de fe de vida durante el primer trimestre del año 2025.
Por tanto, si eres pensionista de la Seguridad Social y resides en España, no tendrás la obligación de presentar ningún documento de ningún tipo durante el primer cuatrimestre del año.
Cómo presentar el documento de fe de vida para cobrar la pensión
Cada año, los pensionistas que cobran una pensión española y residen en el extranjero, deben acreditar su vivencia ante la Seguridad Social. De este modo, se certifica ante la Administración que siguen vivos y que continúan con el mismo derecho de cobrar la correspondiente pensión contributiva.
🔊Los pensionistas del Sistema español de la Seguridad Social residentes en el extranjero, como cada año, deben acreditar su vivencia antes del 31 de marzo de 2025.
📲Hazlo desde el móvil con la app VIVESS y ahórrate el desplazamiento.
📚Guía y vídeo: https://t.co/nTCTwWtqxY pic.twitter.com/GVcigyVRBs
— Atención a la ciudadanía de @inclusiongob (@incluinfo) January 2, 2025
Según informan desde la Seguridad Social, los pensionistas residentes en el extranjero disponen de los siguientes canales para acreditar su vivencia:
- Encargados del Registro Civil Consular: Se puede realizar a través de comparecencia presencial o telemática.
- Consejerías o Secciones de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.
- Aplicación ‘VIVESS’.
La aplicación ‘VIVESS’ activa desde el año 2024, es la opción más atractiva y sencilla para que estos pensionistas puedan acreditar su vivencia desde el 1 de enero al 31 de marzo de 2025″.
Al respecto, desde la Seguridad Social informan que «en 2024, se registraron en la aplicación 41.700 pensionistas residentes en 107 países de todo el mundo, que representan el 36% de los pensionistas residentes en el extranjero. De ellos, más de 36.600 acreditaron su vivencia entre enero y septiembre de 2024, lo que supone que el 31% de los pensionistas ha utilizado la app en el primer año de su puesta en marcha».
Novedades de la Seguridad Social en 2025
Para este año 2025, de cara a la acreditación de la vivienda de pensionistas residentes en el extranjero, la aplicación ‘VIVESS’ incorpora una importante novedad. Así, también podrán presentar el documento de fe de vida por este canal los pensionistas residentes en el extranjero del Instituto Social de la Marina (ISM).
Desde la Seguridad Social enviarán cartas a un total de 115.169 pensionistas que residen actualmente en el extranjero. A través de estas cartas se les informará de la importancia de acreditar la vivencia para no perder su pensión. Además, se explicará a los pensionistas cuáles son las ventajas de acreditar la vivencia a través de la aplicación ‘VIVESS’.
Concretamente, los profesionales de la Seguridad Social manifiestan que «las cartas irán dirigidas tanto a quienes aún no se han registrado en la aplicación, como a quienes lo hicieron, pero no acreditaron su vivencia, y a quienes se registraron y completaron el trámite. La carta se envía en castellano, portugués, francés, inglés, alemán, polaco y búlgaro en función del lugar de residencia, junto a un tríptico informativo en castellano y en el idioma del lugar de residencia».
La aplicación ‘VIVESS’ permite a los pensionistas presentar el documento de fe de vida sin necesidad de tener que realizar ningún desplazamiento. Hay que tener en cuenta que muchas personas mayores cuentan con dificultades para desplazarse de un lugar a otro.
En cualquier caso, los pensionistas residentes en el extranjero disponen hasta el 31 de marzo de 2025 para acreditar la vivencia y mantener el derecho a seguir cobrando su pensión contributiva de la Seguridad Social española.