Si no cumples este requisito, se reducirá tu pensión de incapacidad permanente total

Reducir la pensión de incapacidad permanente total./ Licencia Adobe Stock

La pensión de incapacidad permanente total presenta unas características muy específicas. Así, en determinadas situaciones se puede producir una reducción de la cuantía a percibir en la pensión contributiva de incapacidad total. Si bien, no suele ser habitual.

Antes de desvelar los casos en los que puede bajar el importe de la pensión de incapacidad permanente total, es necesario conocer aspectos claves sobre este grado de invalidez. En primer lugar, es conveniente saber que puede derivar de accidente de trabajo, enfermedad profesional, enfermedad común o accidente no laboral.

Además, la incapacidad permanente total es un grado de invalidez que inhabilita al trabajador para cualquier profesión u oficio. Sin embargo, es posible compatibilizar la pensión con el desarrollo de otras actividades laborales que no entren en conflicto con la pensión de incapacidad permanente reconocida por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

Reducción de la incapacidad permanente total

Por norma general, la pensión de incapacidad permanente total tiene un importe mensual equivalente al 55% de la base reguladora del trabajador. Así lo establece la normativa de la Seguridad Social respecto al cálculo de la pensión de invalidez total. Como mínimo, la pensión de incapacidad total debe ser del 55% de la base reguladora.

Cheque en la pensión de jubilación./ Licencia Adobe Stock
Reducir la pensión de incapacidad permanente total./ Licencia Adobe Stock

Si bien, existe la incapacidad permanente total cualificada. Este subtipo dentro de la invalidez total se da cuando la persona beneficiaria tiene 55 años o más y se encuentra en paro. Cuando esto ocurre, la pensión de incapacidad permanente total se eleva hasta el 75% de la base reguladora.

Así, para cobrar un 75% de la base reguladora por una incapacidad permanente total es preciso cumplir dos requisitos básicos, tener 55 años o más y estar en paro. Con menos de 55 años no se puede cobrar el 75% en una pensión de invalidez total.

De esta forma, si el trabajador con incapacidad permanente total inicia una actividad laboral volverá a cobrar una cuantía equivalente al 55% de la base reguladora. Es decir, se producirá una rebaja en la pensión de invalidez.

En definitiva, la incapacidad total cualificada no es compatible con el desarrollo de una actividad laboral. Por eso, ante este caso particular, la Seguridad Social no retiraría el derecho a la pensión de invalidez, pero sí reduciría la cuantía de la pensión hasta el 55% de la base reguladora.

Complemento en la pensión

Aunque muchos ciudadanos lo desconocen, las personas que cobran una pensión de incapacidad permanente total pueden añadir un complemento económico mensual a su pensión. Se trata de un complemento público habilitado por la Seguridad Social.

En concreto, hablamos del complemento para reducir la brecha de género en las pensiones. Este complemento se aplica en las pensiones contributivas de jubilación, incapacidad permanente y viudedad.

Está dirigido a todas las personas que acrediten haber tenido un perjuicio en su carrera de cotización durante su vida laboral, coincidiendo con los periodos posteriores al nacimiento de uno o varios hijos. Este complemento tiene un importe de 30,40 euros al mes en 2023 por hijo y se devenga en 14 pagas al año. Está permitido para un máximo de cuatro hijos.

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