El importe a cobrar por el Ingreso Mínimo Vital (IMV) en 2025 ha aumentado de manera importante con respecto al año anterior. Así, una persona beneficiaria puede llegar a cobrar 1.450 euros al mes por la prestación del IMV en Andalucía. Además, en ciertos casos, se puede cobrar una cuantía incluso superior.
Desde la Seguridad Social recuerdan que «la cuantía del Ingreso Mínimo Vital para el beneficiario individual o la unidad de convivencia será la diferencia entre la renta garantizada y el conjunto de rentas e ingresos de tales personas, siempre que la cuantía resultante sea igual o superior a 10 euros mensuales».
Cobrar 1.450 euros al mes en Andalucía por el Ingreso Mínimo Vital
En este año 2025, el Gobierno de España ha aprobado una revalorización del 9% en las cuantías garantizadas a cobrar por el Ingreso Mínimo Vital. Hay que tener en cuenta que esta prestación se puede percibir como beneficiario individual y como miembro de una unidad de convivencia.
Con la revalorización del 9%, la cuantía del Ingreso Mínimo Vital para un beneficiario individual en Andalucía se sitúa en 658,81 euros al mes. Supone una cuantía anual de 7.905,80 euros, debido a que esta prestación se cobra mensualmente en doce pagas durante el año.
Teniendo en cuenta la subida aplicada en el año 2025, así queda la cuantía para beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital en Andalucía en función de la unidad de convivencia:
- Unidad de convivencia formada por un adulto y un menor o dos adultos | 856,46 euros al mes.
- Unidad de convivencia formada por un adulto y dos menores, dos adultos y un menor o tres adultos | 1.054,10 euros al mes.
- Unidad de convivencia formada por un adulto y tres menores, dos adultos y dos menores o tres adultos y un menor o por cuatro adultos | 1.251,75 euros al mes.
- Unidad de convivencia formada por un adulto y cuatro o más menores, dos adultos y tres o más menores o tres adultos y dos o más menores, o por cuatro adultos y un menor | 1.449,39 euros al mes.
Estas cuantías para la prestación del Ingreso Mínimo Vital se aplican del mismo modo en Andalucía que en resto de toda España para este año 2025. No obstante, la Junta de Andalucía ofrece una ayuda adicional para personas perceptoras del IMV.
Cómo cobrar más por el Ingreso Mínimo Vital
En este sentido, el Gobierno autonómico de Andalucía ofrece a los usuarios una ayuda complementaria para personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital. Se trata de un complemento que se abona en un pago único anual.
Desde la Junta de Andalucía explican que «la Ayuda Complementaria al Ingreso Mínimo Vital es una ayuda económica extraordinaria dirigida a unidades familiares que, aún siendo perceptoras del Ingreso Mínimo Vital, no pueden hacer frente a sus necesidades de subsistencia a corto plazo».
Además, la Seguridad Social contempla diferentes complementos económicos que se pueden percibir junto a la prestación del Ingreso Mínimo Vital:
- Complemento por discapacidad: En caso de que la persona beneficiaria o alguno de los miembros de la unidad de convivencia tenga concedida una discapacidad igual o superior al 65%. El importe es equivalente al 22% de la cuantía garantizada para un beneficiario individual del IMV.
- Complemento por monoparentalidad: Destinado a unidades de convivencia monoparentales. Tiene la misma cuantía que se aplica para el complemento por discapacidad, con el que guarda compatibilidad.
- Complemento de Ayuda a la Infancia: Dirigido a personas beneficiarias del IMV que conviven con hijos menores de edad en la misma unidad de convivencia. El importe depende de la edad del menor.
Todos estos complementos habilitados por la Seguridad Social son compatibles. Además, hay que recordar que el Ingreso Mínimo Vital se puede cobrar mientras persistan los requisitos que dieron origen al reconocimiento de la prestación.