Si cobras una pensión de viudedad, puedes librarte de presentar la Declaración de la Renta en estos casos

Algunas personas beneficiarias de una pensión de viudedad no tendrán la obligación de presentar la Declaración de la Renta

Librarse de presentar la Declaración de la Renta con una pensión de viudedad

Librarse de presentar la Declaración de la Renta con una pensión de viudedad./ Licencia Adobe Stock

El próximo 2 de abril de 2025 arranca la Campaña de la Renta y Patrimonio correspondiente al ejercicio fiscal de 2024. Así, todas las personas perceptoras de una pensión de viudedad, a priori, tienen la obligación de presentar la Declaración de la Renta.

La pensión de viudedad es un tipo de pensión contributiva destinada a las personas que han mantenido un vínculo matrimonial o han sido pareja de hecho de una persona fallecida y causante de la pensión. A efectos fiscales, la pensión de viudedad está considerada como rendimientos del trabajo.

Cómo librarse de presentar la Declaración de la Renta con una pensión de viudedad

A priori, todas las personas beneficiarias de una pensión de viudedad en 2024 deben presentar la Declaración de la Renta en el año 2025. Sin embargo, es posible librarse de presentar la Declaración del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) si la persona perceptora cumple determinados requisitos de límite de ingresos:

Por tanto, las personas que cobren una pensión de viudedad y cumplan con las condiciones descritas anteriormente, quedan exentas de presentar la Declaración de la Renta en 2025, correspondiente al ejercicio fiscal de 2024.

Estos límites de ingresos para presentar la Declaración de la Renta no solamente se aplican para las personas beneficiarias de una pensión de viudedad. Es una normativa que afecta a todos los contribuyentes del país a la hora de rendir cuentas con la Agencia Tributaria.

Fechas para presentar la Declaración de la Renta

Desde el 2 de abril al 30 de junio de 2025, los contribuyentes de España podrán presentar la Declaración de la Renta de forma online, a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.

A partir del 6 de mayo y hasta el 30 de junio de 2025, podrán presentar la Declaración de la Renta por vía telefónica. Además, desde el 2 de junio al 30 de junio de 2025 se podrá presentar la Declaración del IRPF de forma presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria. Para presentar la Declaración de la Renta, tanto por vía telefónica como de manera presencial, es necesario obtener cita previa con Hacienda.

Las personas beneficiarias de una pensión de viudedad con obligación de presentar la Declaración de la Renta, deben tener en cuenta las fechas establecidas para ello correspondiente a la Campaña de la Renta y Patrimonio de 2024. Presentar la Declaración de la Renta fuera de plazo puede conllevar la imposición de sanciones económicas por parte de Hacienda.

Aunque cobres una pensión de viudedad y no tengas la obligación de presentar la Declaración de la Renta, es recomendable completar el borrador de la Renta a través de la Sede Electrónica de Hacienda. A través del borrador, el contribuyente puede observar el resultado de la Declaración.

Así, si el resultado es a devolver por parte de Hacienda, puede ser beneficioso para el contribuyente presentar la Declaración de la Renta aunque no tenga la obligación de completar dicho trámite.

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