Las personas con discapacidad pueden acceder a un subsidio que es gestionado por el SEPE, como se conoce al Servicio Público de Empleo Estatal. En este sentido, el organismo que depende del Ministerio de Trabajo y Economía Social, dirigido por Yolanda Díaz, cuenta con la Renta Activa de Inserción (RAI) que es el subsidio al que pueden acceder las personas con discapacidad.
Desde el SEPE señalan que «si eres persona con discapacidad, previamente deberás acreditar ante el servicio público de empleo autonómico de tu oficina la realización de, al menos, tres acciones de búsqueda activa de empleo (BAE) y deberás cumplir los siguientes requisitos para tener derecho a la renta activa de inserción (RAI)«. Además, deberá de cumplir una serie de requisitos que vamos a analizar a continuación.
Requisitos para acceder al RAI, el subsidio del SEPE para personas con discapacidad
A continuación vamos a ofrecer cuales son los requisitos generales que debe de cumplir una persona para poder acceder a la Renta Activa de Inserción (RAI), que es un subsidio disponible para las personas con discapacidad. Estos son:
- Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.
- Haber extinguido una prestación contributiva o subsidio por desempleo, salvo por sanción.
- No tener derecho a las prestaciones o subsidios de desempleo o a la renta agraria.
- Estar inscrito o inscrita ininterrumpidamente en la oficina de empleo como demandante de empleo durante 12 o más meses. Se considera interrumpida la demanda si se ha trabajado un período acumulado de 90 o más días en los 365 anteriores a la fecha de solicitud de incorporación al programa de renta activa de inserción o si se ha salido al extranjero.
Los cambios en el RAI desde el 1 de noviembre
Desde el pasado 1 de noviembre entró en vigor el Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo, que reforma y mejora el nivel asistencial de las prestaciones por desempleo. En el mismo se prevé la aplicación de un régimen transitorio del nivel anterior al nuevo nivel. Desde el 1 de noviembre se ha informado que se suprime el acceso a la Renta Activa de Inserción (RAI) para las personas desempleadas que se encuentren dentro de alguna de estas situaciones:
- Personas desempleadas de larga duración
- Personas con discapacidad
- Personas emigrantes retornadas
- Víctimas de violencia de género, violencia sexual o violencia doméstica
Eso sí, debemos de tener en cuenta que «si hasta el 31 de octubre de 2024 incluido, has solicitado, eres persona beneficiaria o tienes suspendida la RAI por estar incluido o incluida dentro de alguno de estos colectivos, dicha RAI seguirá rigiéndose por las mismas condiciones por las que se te reconoció (La duración máxima de este programa era de 11 meses y su cuantía del 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM)».
Ademas, deberás de tener en cuenta que con la RAI debes de cumplir una serie de obligaciones, tales como:
- Renovar la demanda de empleo en la forma y fechas indicadas en el documento de renovación de la demanda.
- Presentarte, si has sido citado previamente, ante el Servicio Público de Empleo Estatal, los servicios públicos de empleo autonómicos o las agencias de colocación (cuando estas desarrollen actividades en el ámbito de colaboración con aquellos).
- Solicitar la baja en la RAI, cuando se produzcan situaciones de suspensión o extinción del derecho o se dejen de reunir los requisitos exigidos para su percepción. Si te colocas y el trabajo que realizas es a tiempo parcial, se aconseja que informes en tu oficina sobre la posibilidad de compatibilizar dicho trabajo con la percepción de la RAI.
Para más información puedes visitar la web del SEPE donde se explica todo lo relativo a la Renta Activa de Inserción (RAI).