Las personas que pasan a una situación de paro y cumplen una serie de requisitos, tienen derecho a cobrar la prestación contributiva por desempleo del SEPE. Inicialmente, estas personas tienen grandes dudas sobre la cuantía que percibirán y durante cuánto tiempo percibirán la también denominada prestación del paro.
El organismo encargado de la gestión de la prestación contributiva por desempleo es el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Así, explican que «la prestación contributiva protege la situación de desempleo de quienes pudiendo y queriendo trabajar, pierdan su empleo de forma temporal o definitiva o vean reducida temporalmente su jornada ordinaria de trabajo entre un mínimo de un 10 % y un 70 %».
Además, el SEPE también se encarga de la gestión de diferentes subsidios por desempleo, habilitados para las personas que dejan de cobrar la prestación contributiva por desempleo. Del mismo modo, destaca el subsidio por cotización insuficiente, destinado a aquellos trabajadores que no han cotizado lo suficiente para tener derecho a percibir la prestación contributiva por desempleo.
Duración de la prestación del paro
La duración de la prestación contributiva por desempleo se calcula en función del tiempo de ocupación cotizado a desempleo en los seis años previos al paro o al momento en el que cesó la obligación de cotizar. Los días de vacaciones pagadas y no disfrutadas también se consideran periodos de ocupación cotizada.
Desde el SEPE informan que «solo se tendrán en cuenta las cotizaciones que no hayan sido computadas para aprobar un derecho anterior, tanto de nivel contributivo como asistencial. No obstante, no se considerará como derecho anterior el que se reconozca en virtud de la suspensión de la relación laboral prevista en el caso de las víctimas de violencia de género o sexual».
En la siguiente imagen es posible observar la duración de prestación contributiva por desempleo que corresponde a cada trabajador en función de los días cotizados a la Seguridad Social:
Además, los profesionales del Servicio Público de Empleo Estatal matizan que «en el caso de las personas emigrantes retornadas o las personas liberadas de prisión, la duración de la prestación se calculará teniendo en cuenta las cotizaciones realizadas en los 6 años anteriores a la salida de España o al ingreso en prisión, respectivamente. Si han cotizado en el extranjero o en prisión, el cálculo de los 6 años hacia atrás será desde la fecha en que haya terminado la relación laboral».
Requisitos de la prestación
En cualquier caso, para tener derecho a cobrar la prestación contributiva por desempleo, es preciso que ciudadano cumpla los siguientes requisitos establecidos por el SEPE:
- Estar en situación legal de desempleo.
- Estar inscrito como demandante de empleo y mantener dicha inscripción durante todo el periodo de percepción de la prestación.
- Suscribir el compromiso de actividad.
- Haber cotizado, como mínimo, 360 días dentro de los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo.
- No haber cumplido la edad ordinaria para acceder a la jubilación.
Por su parte, los profesionales del SEPE aclaran que el importe a recibir por la prestación contributiva del SEPE depende de las bases de cotización a la Seguridad Social por contingencias profesionales, durante los 180 últimos días de cotización. Eso sí, sin contar las horas extraordinarias de trabajo.