Las personas mayores de 45 años que se encuentren en paro y hayan agotado la prestación contributiva por desempleo, tienen la posibilidad de cobrar una ayuda por desempleo del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) de 2.880 euros.
En concreto, hablamos del subsidio por desempleo para mayores de 45 años. Otro requisito básico para cobrar esta ayuda económica consiste en no tener responsabilidades familiares a cargo.
Subsidio por desempleo para mayores de 45 años
El subsidio para mayores de 45 años se puede cobrar desde los 45 años hasta el cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación. Eso sí, siempre que el ciudadano cumpla con los requisitos exigidos por parte del SEPE.
También existe el subsidio para mayores de 52 años. En determinados casos, puede darse la situación de que una persona solicite el subsidio para mayores de 45 años y el SEPE detecte que cumple con los requisitos para cobrar el subsidio para mayores de 52 años.
Si se da este caso, el SEPE le reconocerá el subsidio para mayores de 52 años, ya que se trata de una ayuda por desempleo que ofrece mayores beneficios para el ciudadano.
Con todo ello, la cuantía del subsidio para mayores de 45 años es equivalente al 80% del IPREM (Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples) vigente. En 2024, el IPREM mensual es de 600 euros, por lo que el importe de este subsidio del SEPE es de 480 euros al mes.
Así, el subsidio para mayores de 45 años tiene una duración máxima de seis meses. Por tanto, un ciudadano perceptor de esta ayuda del SEPE puede recibir un importe de 2.880 euros durante el periodo completo.
Requisitos del SEPE
Para cobrar el subsidio para mayores de 45 años es necesario cumplir con todos los requisitos exigidos por parte del SEPE. Estas son las condiciones más importantes que se deben reunir:
- Tener 45 años o más.
- Estar en situación de desempleo.
- Haber agotado la prestación contributiva por desempleo.
- Estar inscrito durante al menos un mes como demandante de empleo desde el agotamiento de la prestación contributiva por desempleo.
- Suscribir el compromiso de actividad.
- Carecer de rentas de cualquier naturaleza superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente.
Desde el SEPE aclaran que «los requisitos deberán reunirse en el momento del hecho causante y, además, en el de la solicitud del subsidio, de las reanudaciones y durante toda la percepción del subsidio».
Las personas interesadas en su percepción disponen de varias vías para solicitar el subsidio para mayores de 45 años. La solicitud se puede realizar en la Sede Electrónica del SEPE, por correo administrativo, oficina de prestaciones o cualquier oficina de registro público.
Antes de realizar la solicitud es recomendable que el usuario en cuestión certifique que cumple con los requisitos necesarios para solicitar el subsidio por desempleo del SEPE.
Como conclusión, desde el SEPE indican que «el pago del subsidio se realizará por mensualidades de 30 días, entre los días 10 y 15 del mes inmediato siguiente al que corresponda el devengo. Se efectuará, salvo excepciones, mediante el abono en la cuenta de la entidad financiera que indique, siempre que sea titular de la misma».
Para solicitar el subsidio para mayores de 45 años, el ciudadano debe cumplir un mes de espera desde el día siguiente al agotamiento de la prestación contributiva por desempleo. A partir de ahí, dispone de 15 días hábiles para realizar la correspondiente solicitud.