El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ofrece la posibilidad a las personas desempleadas de cobrar una ayuda de casi 500 euros mensuales hasta alcanzar la edad de jubilación. Se trata de una gran ayuda para las personas en paro con más de 52 años.
Concretamente, hablamos del subsidio para mayores de 52 años del SEPE. Tal y como su propio nombre indica, se puede percibir desde los 52 años hasta alcanzar la edad ordinaria de jubilación, de forma ininterrumpida.
Ayuda del SEPE antes de alcanzar la jubilación
Esta ayuda económica del SEPE está destinada a las personas con 52 años o más que se encuentran en paro y han agotado el derecho a cobrar la prestación contributiva por desempleo. Este subsidio también tiene beneficios de cara a la futura pensión de jubilación.
Además, para tener derecho a percibir el subsidio para mayores de 52 años, es obligatorio cumplir con los siguientes requisitos:
- Estar en situación de desempleo.
- Tener 52 años o más, sin haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación legal.
- Estar inscrito como demandante de empleo y mantener esta inscripción durante todo el periodo de percepción del subsidio.
- Suscribir el compromiso de actividad.
- Carecer de rentas de cualquier naturaleza superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente.
Desde el SEPE explican que también es obligatorio «acreditar que en la fecha del hecho causante y en la de la solicitud del subsidio reúnes todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión contributiva de jubilación en el sistema de la Seguridad Social español (haber cotizado por jubilación 15 años, dos de los cuales han de estar dentro de los últimos 15)».
Los requisitos para acceder a esta ayuda del SEPE son más exigentes con respecto a otros subsidios por desempleo. Sin embargo, también ofrece mayores ventajas a las personas beneficiarias.
Permite cotizar para la jubilación
La principal ventaja del subsidio para mayores de 52 años es que se puede cobrar desde los 52 años hasta la edad de jubilación ordinaria, siempre que se mantengan los requisitos que dieron origen a la percepción de la ayuda.
Cada año, para renovar el derecho a seguir cobrando el subsidio, es obligatorio que la persona beneficiaria presente ante el SEPE la Declaración Anual de Rentas. La finalidad es demostrar que se continúa cumpliendo con el requisito de carencia de rentas. Es importante no confundir este documento con la Declaración de la Renta de Hacienda.
Además, otra de las grandes ventajas de percibir este subsidio por desempleo es que se cotiza a la Seguridad Social por su percepción. Así, esta cotización es clave de cara a la futura pensión de jubilación del ciudadano. Entre otras cosas, ayuda a que la persona beneficiaria reciba una cuantía mayor en su pensión tras su jubilación.
Desde el SEPE informan que «la entidad gestora (Servicio Público de Empleo Estatal o Instituto Social de la Marina) ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a la jubilación. La base de cotización por jubilación será el 125 % del tope mínimo de cotización vigente en cada momento».
A partir del 1 de noviembre de 2024 entrará en vigor la nueva reforma del subsidio por desempleo, con una importante novedad. Finalmente, la base de cotización por jubilación del subsidio para mayores de 52 años se mantendrá como hasta ahora.