Las personas que cobran el subsidio para mayores de 52 años también cotizan a la Seguridad Social de cara a la jubilación, a través de la percepción del propio subsidio. A partir de 2025 habrá ciertos cambios en las cotizaciones a la Seguridad Social para aquellos ciudadanos que cobren el subsidio para mayores de 52 años.
El subsidio para mayores de 52 años es una ayuda económica mensual destinada a las personas que han agotado la prestación contributiva por desempleo, siguen en paro y tienen 52 años o más cumplidos.
Nueva cotización para la jubilación del subsidio para mayores de 52 años
El pasado 1 de noviembre de 2024 entró en vigor la nueva reforma del subsidio asistencial por desempleo, con medidas importantes que afectan a los diferentes subsidios por desempleo del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal).
Una de las medidas que se incluye en esta reforma es el Complemento de apoyo al empleo, aunque no entrará en vigor hasta el mes de abril de 2025. Este complemento podrá provocar ciertas variaciones en las cotizaciones para las personas beneficiarias del subsidio para mayores de 52 años.
Por norma general, las cotizaciones de cara a la jubilación del subsidio para mayores de 52 años se mantendrán intactas. Desde el SEPE indican que «el Servicio Público de Empleo Estatal o Instituto Social de la Marina ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a la jubilación. Para determinar la cotización se tomará como base de cotización el 125% de la base mínima de cotización en el Régimen General de la Seguridad Social, vigente en cada momento».
Precisamente, una de las grandes ventajas de cobrar el subsidio para mayores de 52 años es que permite seguir cotizando de cara a la jubilación. Estas cotizaciones tendrán efecto para calcular la base reguladora de la pensión de jubilación y también para completar el tiempo necesario para acceder a la jubilación anticipada.
Si bien, desde el SEPE aclaran que «en caso de que percibas el complemento de apoyo al empleo por colocación a tiempo completo compatible con el subsidio por desempleo, durante el periodo de percepción del mismo, el SEPE no ingresará cotizaciones a la Seguridad Social. Cuando este complemento sea compatible con una colocación a tiempo parcial, el SEPE cotizará reduciendo la base de cotización de forma proporcional al tiempo trabajado».
Requisitos para cobrar el subsidio para mayores de 52 años
El subsidio para mayores de 52 años seguirá teniendo una cuantía mensual equivalente al 80% del IPREM (Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples). Es decir, supone un importe de 480 euros al mes actualmente.
Para tener derecho a percibir este subsidio, es necesario cumplir con los siguientes requisitos que establece el SEPE:
- Estar en situación de desempleo.
- Haber agotado el derecho a cobrar la prestación contributiva por desempleo.
- No haber alcanzado la edad de jubilación ordinaria
- Tener 52 años o más.
- Estar inscrito como demandante de empleo y mantener la inscripción durante todo el periodo de percepción.
- Suscribir el compromiso de actividad.
- Cumplir todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión contributiva de jubilación en el sistema de la Seguridad Social.
- Carecer de ingresos de cualquier naturaleza superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente.
Así, otra de las grandes ventajas del subsidio para mayores de 52 años es que se puede percibir de manera ininterrumpida desde los 52 años de edad hasta el cumplimiento de la edad de jubilación ordinaria.