Las personas con discapacidad cobrarán un extra en 2025 en caso de ser beneficiarias de la prestación del Ingreso Mínimo Vital (IMV). La Seguridad Social contempla un complemento económico adicional por discapacidad en este tipo de situaciones.
Desde la Seguridad Social recuerdan que «el Ingreso Mínimo Vital es una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas».
Cuantía del Ingreso Mínimo Vital en 2025
El Ingreso Mínimo Vital es una prestación económica que se puede cobrar como beneficiario individual o como miembro de una unidad de convivencia. La cuantía a percibir por esta prestación depende del número de miembros que figuran en la misma unidad familiar.
Además, también se pueden percibir una serie de complementos adicionales en función de las circunstancias personales de algunos de los miembros de la unidad familiar. Del mismo modo, también existe un complemento por los hijos menores de edad que conviven con las personas perceptoras del Ingreso Mínimo Vital.
En 2025 se ha producido un aumento de las cuantías garantizadas del Ingreso Mínimo Vital en un 9% con respecto al año anterior. De esta manera, las personas perceptoras de esta prestación tendrán una subida importante.
Con la subida del 9%, la Renta Básica Garantizada para un beneficiario individual del Ingreso Mínimo Vital en 2025 es de 658,81 euros al mes. Supone un importe de 7.905,80 euros al año, debido a que la prestación del IMV se devenga en 12 pagas durante el año.
En este sentido, los profesionales de la Seguridad Social aclaran que «la cuantía del Ingreso Mínimo Vital para el beneficiario individual o la unidad de convivencia será la diferencia entre la renta garantizada y el conjunto de rentas e ingresos de tales personas, siempre que la cuantía resultante sea igual o superior a 10 euros mensuales».
Extra para personas con discapacidad que cobren el Ingreso Mínimo Vital
Tal y como hemos mencionado anteriormente, la Seguridad Social ofrece un complemento por discapacidad para beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital. Para cobrar este complemento, si se trata de un beneficiario individual, debe tener reconocida una discapacidad igual o superior al 65%.
En el caso de una unidad familiar, se podrá cobrar el complemento por discapacidad del IMV si alguno de los miembros de la unidad de convivencia tiene reconocida una discapacidad igual o superior al 65%.
La cuantía del complemento por discapacidad es equivalente al 22% de la Renta Básica Garantizada vigente. Debido a que se ha producido un aumento en la cuantía del Ingreso Mínimo Vital, también se aplica una subida proporcional en el complemento por discapacidad.
Así, el complemento por discapacidad se sitúa en 2025 en 1.739,25 euros al año. Supone una cantidad de 144,93 euros al mes, ya que este complemento también se abona en doce mensualidades al año.
Del mismo modo, las personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital también pueden percibir en 2025 en complemento por monoparentalidad, que se aplica en el caso de unidades familiares monoparentales. El complemento por monoparentalidad del IMV también tiene un importe equivalente al 22% de la Renta Básica Garantizada vigente.
En definitiva, la Seguridad Social ofrece en este año 2025 una ayuda adicional vinculada a la prestación del Ingreso Mínimo Vital en caso de discapacidad igual o superior al 65%.