La Seguridad Social incorporará mejoras en la protección para aquellos casos de incapacidad temporal por violencia de género. Se trata de una medida importante para las mujeres víctimas de violencia de género, en relación al ámbito laboral.
El pasado 8 de marzo de 2024 se celebró el Día Internacional de la Mujer. Aprovechando esta celebración, el Consejo de Ministros del Gobierno de España aprobó un paquete de medidas para continuar con un avance en materia de igualdad.
Entre este paquete de medidas se encuentra una propuesta impulsada por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en relación a un aumento de la protección para las bajas laborales por incapacidad temporal a causa de la violencia de género.
Mejora de la incapacidad temporal por violencia de género
Así, la Seguridad Social incluirá en la Ley de Trata una mejora de la protección para aquellas situaciones de incapacidad temporal que deriven de casos de violencia machista.
Desde la Seguridad Social informan que, en estos casos, la baja laboral por incapacidad temporal tendrá un tratamiento de contingencia común. Si bien, en términos económicos, tendrá un tratamiento de enfermedad profesional.
Tal y como recuerdan desde la Seguridad Social, la prestación de incapacidad temporal es «un subsidio diario que cubre la pérdida de rentas del trabajador producida por enfermedad común o accidente no laboral, enfermedad profesional o accidente de trabajo y los períodos de observación por enfermedad profesional».
Con esta nueva medida aprobada por el Consejo de Ministros, la incapacidad temporal por violencia de género se asimilará a la baja laboral por accidente de trabajo.
Esta normativa permite mejorar la prestación de incapacidad temporal para las personas víctimas de violencia de género en España. Así, pasarán a cobrar un 75% de la base reguladora desde el primer día de baja laboral.
El pago de la incapacidad temporal a causa de violencia de género correrá a cargo de la Seguridad Social desde el primer día de baja laboral. Además, no será necesario un periodo de carencia.
Ayudas para víctimas de violencia de género
Por otra parte, la Seguridad Social también ha acordado mejoras en relación a las mujeres víctimas de trata o explotación para la percepción del Ingreso Mínimo Vital (IMV).
?️ La ministra @SaizElma anuncia en #Cmin una mayor protección de la incapacidad temporal causada por violencia machista.
➡️ Desde el primer día de baja
➡️ 75% de la base reguladora
➡️ Sin periodo previo de cotización#DíaDeLaMujer pic.twitter.com/NuW2gCAuZY— Ministerio Inclusión Seguridad Social Migraciones (@inclusiongob) March 8, 2024
Es preciso matizar que el Ingreso Mínimo Vital es «es una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas».
Así, la Seguridad Social va a exceptuar como ingresos para el cómputo de la prestación las indemnizaciones acordadas por sentencia judicial a víctimas de trata o explotación. También se perseguirán las prácticas explotadoras sobre las mujeres migrantes.
Al respecto, la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, ha comentado lo siguiente: «Seguimos dando pasos para reforzar la acción protectora de la Seguridad Social, con el foco puesto en las mujeres».
Además, ha añadido que «me gusta hablar de este Ministerio como el ministerio de las personas, y ya que las mujeres somos más del 50% de la población de este país, es de absoluta necesidad que las políticas de género e igualdad sean transversales a toda la acción de mi cartera».